STSJ Aragón , 14 de Enero de 2004

PonenteJOSE EMILIO PIRLA GOMEZ
ECLIES:TSJAR:2004:73
Número de Recurso200/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución14 de Enero de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGON SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (SECCION 4ª)

Recurso núm. 200/00-C SENTENCIA Num. 29/04 ILUSTRISIMOS SEÑORES PRESIDENTE D. Natividad Rapun Gimeno MAGISTRADOS D. José Emilio Pirla Gómez D. Vicente Goñi Larumbre Recurso: Ordinario Cuantía: 38.840.356 pts En la Ciudad de Zaragoza a Catorce de Enero de dos mil cuatro.

En nombre de SM. el Rey. Visto por la Sala de lo Contecioso Administrativo (Sección Cuarta), constituida para el examen del presente caso, ha pronunciado la siguiente Sentencia en el recurso contencioso administrativo interpuesto por APARTAMENTO RESIDENCIAL SOTO DEL CANAL SL., representado por el Procurados Sra. Oña y asistido por el Letrado Sr. Peman Gavin; contra AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA, representado por el Procurador Sr. Peire y asistido del Letrado Sr. Rivas Tena y como codemandado AXA GESTION DE SEGUROS SA. representado por el Procurador Sr. Peire y asistido del Letrado Sr. Sierra Palacios.

La resolución que se impugna es la dictada en fecha de 4-2-2000 por la Alcaldía del Ayuntamiento de Zaragoza, acordando desestimar la reclamación de daños y perjuicios como consecuencia de la anulación de la licencia de obras concedida en su día a la recurrente.

Ha sido Ponente D. José Emilio Pirla Gómez que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En fecha de 4-2-2000 y por la Alcaldía del Ayuntamiento de Zaragoza se dicto Resolución acordando desestimar la reclamación de daños y perjuicios como consecuencia de la anulación de la licencia de obras concedida en su día a la recurrente.

Frente a esta resolución se interpone el presente recurso contencioso-administrativo.

SEGUNDO

Previa la admisión a trámite del recurso, publicación de su interposición y recepción del expediente administrativo, se dedujo la correspondiente demanda, en la que tras relacionar el recurrente los hechos y fundamentos de derecho que estimaba aplicables, concluía con el suplico de que se dictara Sentencia por la que, con estimación del recurso y revocándose la resolución recurrida se declarase el derecho de la recurrente a ser indemnizada en la cantidad de 38.840.356 pts, intereses con la intervención del Letrado de la Administración demandada y parte codemandada que interesaron la desestimación del recurso.

TERCERO

Recibido el juicio a prueba y practicada la propuesta por las partes con el resultado obrante en autos, se señaló para la votación y fallo de este procedimiento la fecha de 12 de Enero del 2004.

CUARTO

Así mismo, por Acuerdo de la Presidencia de fecha 26 de Mayo del 2003, se constituyó la Sección Cuarta de refuerzo de la que forma parte el Magistrado que dicta la presente resolución.

En la sustanciación de este pleito, se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La cuestión controvertida en el presente recurso se contrae a determinar si la resolución que se impugna es o no ajustada al ordenamiento jurídico y más concretamente si, atendidas las circunstancias del caso que nos ocupa, procede la confirmación o...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR