STSJ Comunidad de Madrid 1428/2009, 22 de Diciembre de 2009

PonenteFRANCISCA MARIA DE FLORES ROSAS CARRION
ECLIES:TSJM:2009:16952
Número de Recurso1348/2009
ProcedimientoAPELACIÓN
Número de Resolución1428/2009
Fecha de Resolución22 de Diciembre de 2009
EmisorSala de lo Contencioso

AP 1348/09

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1

MADRID

SENTENCIA: 01428/2009

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION PRIMERA

APELACION Nº 1348/09

SENTENCIA Nº 1428

Ilmos. Sres.

Presidente:

Don Alfredo Roldán Herrero

Magistrados:

Doña Francisca Rosas Carrión

Doña María Jesús Vegas Torres

Don José Félix Martín Corredera

En Madrid, a veintidós de diciembre del dos mil nueve.

La Sala integrada por los Sres. del margen, ha visto el presente recurso de apelación nº 1348/09 interpuesto por el Procurador Sr. García Zuñiga en nombre de don Gabino, contra la sentencia de fecha 26 de marzo de 2009 dictada por el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo nº 2 de Madrid en los autos PA 788/06 seguidos a instancia del mismo, contra la Delegación del Gobierno en Madrid sobre expulsión del territorio nacional.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 26-3-09 y por el Juzgado se dictó sentencia en cuya parte dispositiva declaraba la desestimación del recurso formulado.

SEGUNDO

Con fecha 17-4-09 y por el Procurador Sr. García Zúñiga se interpuso recurso de apelación mediante escrito en cuyo suplico interesaba se remitiesen los autos a esta Sala y se revocase la sentencia apelada.

TERCERO

Admitido el recurso trámite y dado traslado a la parte apelada por la misma se formalizó oposición suplicando el Sr. Abogado del Estado la desestimación del recurso.

CUARTO

Recibidos los autos en esta Sala se señaló para votación y fallo el día 10-12-09, en que tuvo lugar.

Es Ponente la Sra. Magistrado Dª Francisca Rosas Carrión.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En nombre de don Gabino, nacional de Venezuela, se ha interpuesto el presente recurso de apelación contra la sentencia dictada en fecha de 27 de marzo de 2009 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Madrid en los autos de Procedimiento Abreviado tramitados con el número 788/2006 de su registro, mediante la que se desestimó el recurso contencioso administrativo formulado contra la resolución de la Dirección General de la Policía, desestimatoria del recurso de alzada deducido contra la dictada el día 18 de junio de 2006 por la Jefatura del Puesto Fronterizo del Aeropuerto de Madrid-Barajas que, como base en el artículo 25 de la Ley Orgánica sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social, le denegó la enterada en territorio nacional por no haber justificado documentalmente el objeto y las condiciones de su estancia.

SEGUNDO

La impugnación de la sentencia de instancia descansa, en primer lugar, sobre incorrecta valoración de la prueba, a la que se imputa haber basado la conclusión judicial en meras conjeturas. Sin embargo, esa tesis es errónea porque no distingue entre conjeturas e indicios, en los que se basa la prueba de presunciones, que puede ser un medio apto para acreditar en el expediente administrativo y en el proceso los presupuestos fácticos relevantes, mediante la inferencia de un hecho de trascendencia para la decisión de la cuestión de fondo a partir de otros hechos-base, que han de hallarse justificados mediante prueba directa y lícita, cuya acreditación permite afirmar, con exclusión de otra posibilidad igualmente razonable, la realidad del hecho- consecuencia que necesita ser probado, porque entre ellos existe un enlace preciso y directo según las reglas del criterio humano - artículo 386.1 de la Ley de...

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