STSJ Galicia , 19 de Mayo de 2005

PonenteJOSE ANTONIO MENDEZ BARRERA
ECLIES:TSJGAL:2005:1054
Número de Recurso4478/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución19 de Mayo de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso N° 4478/2002 EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado la SENTENCIA N° 370/2005 ILMOS. SRS. D. JUAN CARLOS TRILLO ALONSO -. PTE. D. JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA D. JULIO CIBEIRA YEBRA PIMENTEL En la ciudad de A Coruña, a diecinueve de mayo de dos mil cinco.

En el recurso contencioso-administrativo que con el Nº 4478/02 pende de resolución en esta Sala, interpuesto por "Promotilve, S.L.", representada por D. Víctor López Riobóo y Batanero y dirigida npor D. Carlos Potel Lesquereux, contra el Acuerdo de 30-8-01 del Ayuntamiento de O Grove. Es parte demandada el Ayuntamiento de O Grove, representado por D. José Antonio Castro Bugallo y dirigido por D. Ángel Sutil García. Actúa como codemandada "Indeza, S.L.", representada por D. Juan Lage Fernández Cervera y dirigida por D. Francisco Javier García Martínez. La cuantía del recurso es indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujese demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, solicitó se dictase sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda a la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, y se suplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso. La codemandada no contestó a la demanda.

TERCERO

No habiéndose interesado el recibimiento del pleito a prueba, una vez cumplimentado el trámite de conclusiones por la actora y la Administración demandada se declaró terminado el debate escrito y se señaló para votación y fallo el día 12-5-05.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Es Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso contencioso-administrativo la desestimación presunta por el Ayuntamiento de O Grove del recurso de reposición interpuesto contra el Acuerdo de 30-8-01, por el que se denegó la aprobación definitivamente del Estudio de Detalle en calle Barrosa - San Vicente do Mar promovido por la recurrente.

SEGUNDO

La parte actora solicita en su demanda, en primer lugar, que se declare que el Estudio de Detalle presentado quedó definitivamente aprobado por silencio administrativo positivo; subsidiariamente, que se ordene al Ayuntamiento demandado que lo apruebe en la forma en que fue presentado o, en todo caso, con la condición de que las zonas verdes privadas tendrán la consideración de zonas verdes de uso público y de que los propietarios incluidos en su ámbito deberán ceder al Ayuntamiento el 10% del aprovechamiento lucrativo resultante. La decisión sobre estas pretensiones debe iniciarse con el examen de la normativa urbanística que permite la presentación del Estudio de Detalle litigioso, constituida por las Normas Subsidiarias municipales en cuanto que incorporaron un convenio urbanístico suscrito el 7-4-95 por el...

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