STSJ Galicia , 23 de Marzo de 2005
Ponente | JOSE MARIA ARROJO MARTINEZ |
ECLI | ES:TSJGAL:2005:591 |
Número de Recurso | 4633/2000 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 23 de Marzo de 2005 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
RECURSO 02 /0004633 /2000 EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la:
SENTENCIA Nº 188/ 2.005 Ilmos. Sres.
DON JUAN CARLOS TRILLO ALONSO.- PTE. DON JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA DON JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ En la ciudad de A Coruña, a veintitrés de marzo de dos mil cinco.
En el proceso contencioso-administrativo que con el número 02 /0004633 /2000 pende de resolución de esta Sala, interpuesto por Dña. Carmen , Dña. Francisca y Dña. Melisa , y D. Domingo , representados por Dña. MARÍA DOLORES VILLAR PISPIEIRO y dirigidos por Dña. MARÍA GUDE SAMPEDRO, contra desestimación por silencio de solicitud de liberación en fincas del relleno vertido en ellas como consecuencia de las obras de construcción en la Vía Rápida de Barbanza (VR-G11) del punto kilométrico 30 -31. Es parte como demandada la DIRECCIÓN XERAL DE ESTRADAS (C. P. T. O. P. V.) representada y dirigida por el LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA y actúa como codemandado ARIAS HERMANOS CONSTRUCCIONES, S. A. y NECSO ENTRECANALES CUBIERTAS, S. A. representado por D. CARLOS GONZÁLEZ GUERRA y D. LUIS FERNANDEZ AYALA MARTÍNEZ y dirigido por D. CARLOS ARIAS VAQUERO y D. JOSÉ FRANCISCO FREIRÉ AMADOR. La cuantía del recurso es indeterminada.
Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, suplica que se dicte sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.
Conferido traslado de la demanda a la representación de la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso.
Conferido traslado de la demanda a la representación de la parte codemandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso.
Finalizado el trámite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito y se señaló para votación y fallo el día diecisiete de marzo de 2005.
En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
VISTO: Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ.
El presente recurso se dirige contra desestimación por silencio de solicitud de liberación en fincas del relleno vertido en ellas como consecuencia de las obras de construcción en la vía Rápida de Barbanza (VR-G11) del punto kilométrico 30 -31.
Para que prospere la...
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