SAP Jaén 286/2009, 30 de Diciembre de 2009
Ponente | MARIA JESUS GALLARDO CASTILLO |
ECLI | ES:APJ:2009:1465 |
Número de Recurso | 332/2009 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 286/2009 |
Fecha de Resolución | 30 de Diciembre de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - Jaén, Sección 2ª |
S E N T E N C I A Núm.286
ILTMOS. SRES.:
PRESIDENTE
D. JOSÉ ANTONIO CÓRDOBA GARCÍA
MAGISTRADOS
D. RAFAEL MORALES ORTEGA
Dª. Mª JESÚS GALLARDO CASTILLO
En la ciudad de Jaén, a Treinta de Diciembre de dos mil nueve.
Vistos en grado de apelación, por la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, los autos de Juicio Verbal de Oposición a Cambiario seguidos en primera instancia con el núm. 278/09, por el Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Linares, rollo de apelación de esta Audiencia núm. 332/2009, a instancia de D. Matías, representado en la instancia por el Procurador D. Luis Enrique Colado Olmo y defendido por el Letrado Dª. Mª. Rocío Garrido González contra LA CAIXA, representada en la instancia por el Procurador D. Jacinto Malpesa Tobar y en la alzada por la Procuradora Dª. Librada Mollinedo Sáenz y defendida por el Letrado D. Manuel Sáenz Colomo.
ACEPTANDO los antecedentes de hecho de la sentencia apelada, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia Nº 4 de Linares con fecha 9 de Junio de 2009.
Por dicho Juzgado y en la fecha indicada se dictó sentencia que contiene el siguiente Fallo: "Que desestimando la oposición formulada por el Procurador de los Tribunales Don Luis Enrique Colado Olmo, actuando en nombre y representación de DON Matías, contra la entidad LA CAIXA, representado por el Procurador D. Jacinto Malpesa Tobar, debo acordar y acuerdo que siga adelante la ejecución despachada y el mantenimiento de los embargos que se hubieren trabado en el procedimiento de juicio cambiario 770/08.
Todo ello condenado a la parte opositora, al pago de las costas procesales causadas en esta instancia".
Contra dicha Sentencia se interpuso por D. Matías, en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Linares, presentando para ello escrito de alegaciones en el que basa su recurso interesando la revocación de la sentencia por otra estimatoria de sus pretensiones.
Dado traslado a las demás partes del escrito de apelación se presentó escrito impugnándolo por La Caixa; remitiéndose por el Juzgado las actuaciones a esta Audiencia, en la que se formó el rollo correspondiente, señalándose para deliberación, votación y fallo el día 9 de Diciembre de 2009, en el que tuvo lugar, quedando las actuaciones sobre la mesa para dictar la resolución oportuna.
En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.
Siendo Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dña. Mª JESÚS GALLARDO CASTILLO
ACEPTANDO los Fundamentos de Derecho de la resolución impugnada.
Frente a la sentencia de instancia se alza la representación del Sr. Colado Olmo, que se opone al Juicio cambiario que da lugar a las presentes actuaciones argumentando, en primer lugar, incongruencia omisiva al considera que la sentencia dictada en primer grado jurisdiccional resuelve sólo el motivo de oposición referencia a la novación y no la falta de provisión de fondos, así como el error en la apreciación de la prueba al considerar que el negocio jurídico subyacente que dio lugar a la omisión de la cambial no llegó a cumplirse dada la resolución del contrato celebrado el 20 de noviembre de 2007 de compraventa entre él y Grupo JUPESA, S.L.U. que tuvo lugar el día 4 de julio de 2008. El recurso no puede prosperar por lo que a continuación...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba