STSJ Asturias , 30 de Marzo de 2005

PonenteANTONIO ROBLEDO PEÑA
ECLIES:TSJAS:2005:1493
Número de Recurso1338/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución30 de Marzo de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.ASTURIAS CON/AD SEC.2 OVIEDO SENTENCIA: 00390/2005 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA RECURSO: 1338/03 RECURRENTE: ASOCIACIÓN DE FUNCIONARIOS DEL AYUNTAMIENTO DE GIJÓN -AFAG- PROCURADOR: SR. CAMBLOR VILLA RECURRIDO: AYUNTAMIENTO DE GIJÓN PROCURADOR: SR. ÁLVAREZ FERNÁNDEZ SENTENCIA NÚM. 390/05 ILMO. SR. PRESIDENTE:

D. LUIS QUEROL CARCELLER ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. ANTONIO ROBLEDO PEÑA D. JULIO LUIS GALLEGO OTERO En OVIEDO, a treinta de Marzo de dos mil cinco.

Vistos por la Sala, constituida por los Ilmos. Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso-administrativo número P.O. 1338/2003, interpuesto por el Procurador D. Fernando Cablor Villa, en nombre y representación de la ASOCIACION DE FUNCIONARIOS DEL AYUNTAMIENTO DE GIJON -AFAG- con la dirección del Letrado don Manuel Chamorro Portillo, contra acuerdo plenario de fecha 14 de julio de 2003 del Ayuntamiento de Gijón, por el que se aprobó el número, características y retribuciones del personal eventual del citado Ayuntamiento, modificando la Relación de Puestos de Trabajo . Estando la Administración demandada representada por el Procurador don Luis Álvarez Fernández con la dirección del Letrado don Raúl Bocanegra Sierra.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON ANTONIO ROBLEDO PEÑA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido el recurso y previos los oportunos trámites procedimentales, se confirió traslado a la parte actora para que, en el término de veinte días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante el pertinente escrito de fecha 23 de abril de 2004, en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó suplicando se dicte sentencia por la que se declare nula y no conforme a derecho la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo aprobada, por unanimidad, en el Acuerdo número 6 de la Sección del Ayuntamiento en Pleno de Gijón de 14 de julio de 2003 y publicado en el BOPA de 16 de agosto de 2003, dejando sin efecto los nombramientos efectuados a las mismas y publicados en el BOPA de 23 de agosto de 2004.

SEGUNDO

Formalizada la demanda se dio traslado de la misma a la parte demandada para que la contestara en el plazo de veinte días, lo que realizó, alegando los hechos y fundamentos jurídicos que estimó pertinentes, y terminó suplicando que previos los trámites oportunos, acuerde dictar sentencia por la que desestime el recurso contencioso-administrativo y confirme en todas su partes el acuerdo impugnado, por ser éste conforme a Derecho, con imposición de costas a la demandante.

TERCERO

Recibido el recurso a prueba, se practicaron las propuestas por las partes y admitidas con el resultado que obra en autos.

CUARTO

No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se acordó requerir a las partes para que formulasen sus conclusiones, lo que hicieron en tiempo y forma.

QUINTO

Se señaló para la votación y fallo del presente recurso el día 23 de marzo de 2005, en que tuvo lugar dicho acto.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto de este recurso contencioso-administrativo, la impugnación del acuerdo plenario de fecha 14 de julio de 2003 del Ayuntamiento de Gijón, por el que se aprobó el número, características y retribuciones del personal eventual del citado...

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