STSJ Cantabria , 11 de Noviembre de 2005

PonenteJUAN PIQUERAS VALLS
ECLIES:TSJCANT:2005:1625
Número de Recurso824/2004
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución11 de Noviembre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.CANTABRIA SALA CON/AD SANTANDER SENTENCIA: 00503/2005 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANTABRIA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SENTENCIA Iltmo. Sr. Presidente Doña Clara Penin Alegre Iltmos. Sres. Magistrados Doña María Josefa Artaza Bilbao Don Juan Piqueras Valls En la Ciudad de Santander, a once de Noviembre de dos mil cinco. La Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha visto el recurso número 824/2004, interpuesto por DON Juan Miguel , representado por el Procurador Revilla Martínez y defendido por la Letrado Sr. Fernández López , contra T.E.A.R.C., representado y defendido por el Sr. Abogado del Estado.

La cuantía del recurso es de 412,66 euros. Es ponente el Iltmo. Sr. Don Juan Piqueras Valls, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso se interpuso el día 12 de Noviembre de 2005, contra el acuerdo del Tribunal Económico Administrativo Regional de Cantabria de fecha 29 de julio de 2004, notificado el día 27 de octubre de 2004, asunto que se tramito en el expediente nº 39/00102/2004.

SEGUNDO

En su escrito de demanda, la parte actora interesa de la Sala dicte sentencia por la que se declare la nulidad de las resoluciones combatidas, por ser contrarias al ordenamiento jurídico.

TERCERO

En su escrito de contestación a la demanda la Administración demandada solicita de la Sala la desestimación del recurso, por ser conformes a Derecho los actos administrativos que se impugnan.

CUARTO

Denegado el recibimiento del proceso a prueba, se señala fecha para votación y fallo, que tuvo lugar el día 10 de Noviembre de 2005, en que efectivamente se deliberó, votó y falló.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

DON Juan Miguel interpone recurso contencioso administrativo contra el acuerdo del Tribunal Económico Administrativo Regional de fecha 29 de julio de 2004, notificado el día 27 de octubre de 2004, asunto que se tramito en el expediente nº 39/00102/2004.

El recurrente solicita que se dicte sentencia por la que declare nulo desde el inicio y no conforme a derecho el acto impugnado, condenando a la demandada a la devolución de los 412,66 euros por ser ingresos reclamados indebidos más los intereses legales devengados.

El Sr. Juan Miguel articula sus pretensiones sobre los motivos siguientes:

  1. ) La Resolución impugnada infringe, por inaplicación el art. 8.a.2 del Real Decreto 1841/1991, de 30 de diciembre , por el que se aprueba el Reglamento del IRPF y 2º) La Resolución impugnada incurre en un error de valoración, ya que los desplazamientos exceptuados de gravamen están acreditados por el certificado del Servicio Cantabro de Salud, y además vulnera la jurisprudencia sobre la materia a litigio.

SEGUNDO

El Abogado Del Estado se opone al recurso y solicita que se dicte sentencia desestimándolo íntegramente.

La Administración demandada articula su oposición sobre los motivos siguientes:

  1. )Se le ha declarado, reiteradamente, que los gastos de desplazamiento han de ser suficientemente...

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