STSJ Castilla y León , 2 de Diciembre de 2005

PonenteANA MARIA VICTORIA MARTINEZ OLALLA
ECLIES:TSJCL:2005:6850
Número de Recurso307/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 2 de Diciembre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD VALLADOLID SENTENCIA: 02776/2005 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEON Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección : 001 VALLADOLID Número de Identificación Único: 47186 33 3 2005 0105866 RECURSO DE APELACION 0000307 /2003 Dimanante del Procedimiento Ordinario nº 66/02 Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Zamora SENTENCIA Nº 2.776 ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

DOÑA ANA MARTÍNEZ OLALLA DON JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ DON RAMÓN SASTRE LEGIDO En Valladolid, a dos de diciembre de dos mil cinco.

Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso de apelación interpuesto contra: la sentencia, de nueve de mayo de dos mil tres, dictada por el Juzgado de lo Contencioso- administrativo nº 1 de Zamora .

Son partes en dicho recurso:

Como apelante: DOÑA Marí Trini representada en esta instancia por la Procuradora Sra. Sánchez

Herrera bajo dirección de Letrado, GRUPO PACO MATEO S.A., representada por la Procuradora Sra. Camino Recio bajo dirección de Letrado AYUNTAMIENTO DE ZAMORA, representado en esta instancia por el Procurador Sr. Ballesteros González bajo dirección de Letrado.

Como apelada: DOÑA Marí Trini representada en esta instancia por la Procuradora Sra. Sánchez Herrera bajo dirección de Letrado, GRUPO PACO MATEO S.A., representada por la Procuradora Sra. Camino Recio bajo dirección de Letrado AYUNTAMIENTO DE ZAMORA, representado en esta instancia por el Procurador Sr. Ballesteros González bajo dirección de Letrado.

Ha sido ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña ANA MARTÍNEZ OLALLA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 1 de Zamora se dictó sentencia en el recurso antes indicado, tramitado por el procedimiento ordinario, cuya parte dispositiva dice: "que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de Doña Marí Trini contra el Acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Zamora, de fecha 6 de mayo de 2002, por el que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra el Acuerdo de la misma Comisión de Gobierno, de fecha 26 de noviembre de 2001, que declara en estado de ruina el inmueble sito en la calle Santa Clara nº 1 de Zamora y de otra se ordena a la propiedad para que proceda en el plazo máximo de tres meses a la rehabilitación del inmueble; debo declarar y declaro que esas resoluciones son conformes a derecho. Asimismo debo tener y tengo por desistida del recurso a la recurrente Doña Margarita . No se hace especial pronunciamiento en cuanto a las costas".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se ha interpuesto por la representación procesal de Doña Marí Trini recurso de apelación solicitando el dictado de una sentencia por la que estimando el presente recurso se revoque la sentencia recurrida y se dicte otra por la que se declare haber lugar a la demanda deducida en el presente procedimiento imponiendo las costas al Ayuntamiento de Zamora y a la propietaria del inmueble. Mediante Otrosí solicitó el recibimiento a prueba. A la apelación se adhirieron la representación de Grupo Paco Mateo S.A. y del Ayuntamiento de Zamora en el extremo relativo a las costas solicitando que se revocara la sentencia de instancia en ese punto y se impusieran a la actora.

TERCERO

La representación procesal del Ayuntamiento de Zamora y de Grupo Paco Mateo S.A. solicitaron que se desestimara el recurso de apelación con expresa imposición de costas a la apelante. La representación de Doña Marí Trini solicitó que se declarara no haber lugar a la adhesión, imponiendo las costas de la misma a las partes que la han formulado.

CUARTO

Elevados los autos y el expediente administrativo a la Sala, se acordó la formación y registro del presente rollo de apelación; por Auto de 19 de septiembre se denegó el recibimiento a prueba, señalándose para votación y fallo el día 22 de noviembre de 2005.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la representación procesal de Doña Marí Trini se pretende en el presente recurso de apelación la revocación de la sentencia del Juzgado de lo Contencioso- administrativo nº 1 de Zamora que desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el Acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Zamora, de fecha 6 de mayo de 2002, por el que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra el Acuerdo de la misma Comisión de Gobierno, de fecha 26 de noviembre de 2001, que declara en estado de ruina el inmueble sito en la calle Santa Clara nº 1 de Zamora y de otra se ordena a la propiedad para que proceda en el plazo máximo de tres meses a la rehabilitación...

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