STSJ Castilla y León , 9 de Noviembre de 2005

PonenteRAMON SASTRE LEGIDO
ECLIES:TSJCL:2005:6457
Número de Recurso803/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 9 de Noviembre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD VALLADOLID SENTENCIA: 02587/2005 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección : 001 VALLADOLID 65585 C/ ANGUSTIAS S/N Número de Identificación Único: 47186 33 3 2004 0104378 Procedimiento:

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000803 /2002 Sobre URBANISMO De D/ña. FEDERACION DE ASOCIACIONES DE VECINOS DE LA COMARCA DE EL BIERZO Representante: JESUS GONZALEZ PEREZ Contra D/ña. CONSEJERIA DE FOMENTO, AYUNTAMIENTO DE PONFERRADA Representante: LETRADO COMUNIDAD, MANUEL BARRIO ALVAREZ SENTENCIA nº2.587 ILMOS. SRES. MAGISTRADOS DOÑA ANA MARIA MARTINEZ OLALLA DON JAVIER ORAA GONZALEZ DON RAMON SASTRE LEGIDO

En Valladolid, a nueve de noviembre de dos mil cinco.

Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna: La Orden de 26 de julio de 2001 de la Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León de 14 de agosto de 2.001, por la que se aprueba definitivamente la modificación del Plan General Municipal de Ordenación Urbana de Ponferrada (León) en el Sector S.3.

Son partes en dicho recurso: como recurrente LA FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE VECINOS DE LA COMARCA DEL BIERZO, representada por el Procurador D. Carlos Muñoz Santos, bajo la dirección de Letrado.

Como demandada LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEON, representada y defendida por Letrado de sus Servicios Jurídicos.

Como codemanda EL AYUNTAMIENTO DE PONFERRADA (LEON), representado por el Procurador D. Fernando Velasco Nieto, bajo la dirección de Letrado.

Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. RAMON SASTRE LEGIDO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso y recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que estime el presente recurso contencioso-administrativo y declare ilegal la MPGOU de Ponferrada relativa al Sector 3 y anule la resolución aquí recurrida.

SEGUNDO

En el escrito de contestación de la Administración Autonómica demandada, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia desestimatoria del presente recurso contencioso administrativo por ser el acto administrativo impugnado conforme a derecho, con expresa imposición de costas a la parte actora.

TERCERO

En el escrito de contestación de la representación del Ayuntamiento codemandado, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia desestimando el recurso, con imposición de costas a la parte actora.

CUARTO

El procedimiento se recibió a prueba, practicándose con el resultado que consta en autos.

QUINTO

Se presentaron escritos de conclusiones por todas las partes personadas, y declarados conclusos los autos, se señaló para votación y fallo el día 3 de los corrientes.

SEXTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo por la representación procesal de la Federación de Asociaciones de Vecinos de la Comarca del Bierzo la Orden de 26 de julio de 2001 de la Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León de 14 de agosto de 2.001, por la que se aprueba definitivamente la Modificación del Plan General Municipal de Ordenación Urbana de Ponferrada (León) en el Sector S.3, y se pretende por la parte actora su anulación.

Frente a ello, tanto la representación de la Administración de la Comunidad de Castilla y León como la del Ayuntamiento de Ponferrada han solicitado la desestimación del presente recurso.

SEGUNDO

Para la resolución de este proceso ha de destacarse, según resulta de la documentación obrante, que la modificación del Plan General de Ponferrada aprobada definitivamente por la Orden impugnada en el mencionado "Sector 3" consiste, entre otros aspectos, en que el suelo incluido en el mismo -que estaba clasificado, en el Plan General aprobado por Orden de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de 29 de noviembre de 1989, como "urbanizable no programado", correspondiendo al Sector P.A.U. 1-, con una superficie total del Sector de 706.900 metros cuadrados, pasa a estar clasificado como "suelo urbanizable delimitado". Además con dicha modificación, como se refleja en la Orden impugnada, se elimina el uso industrial inicialmente previsto, y se atribuye a todo el suelo del Sector el uso "predominante" de "residencial", autorizándose una edificación de un número máximo de viviendas de 4.948, con una densidad de 70 viviendas/Ha., incrementándose de esta forma la densidad inicialmente prevista de 30 viviendas/ha. También se aumenta la edificabilidad residencial de 0,345 m2/m2 sobre el 60% del sector, con un total de 146.328 m2, hasta 1m2/m2 sobre la totalidad del sector, lo que supone 706.900 m2. Asimismo con la modificación del Plan General se suprimen 24.388 metros cuadrados edificables de...

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