STSJ Castilla y León , 11 de Octubre de 2005

PonenteRAMON SASTRE LEGIDO
ECLIES:TSJCL:2005:5617
Número de Recurso1863/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución11 de Octubre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD VALLADOLID SENTENCIA: 02254/2005 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección : 001 VALLADOLID 65585 C/ ANGUSTIAS S/N Número de Identificación Único: 47186 33 3 2004 0101578 Procedimiento:

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001863 /2001 Sobre URBANISMO De D/ña. Rita Representante: MIGUEL A. SANCHEZ JIMENEZ Contra D/ña. CONSEJERIA DE FOMENTO, Luis Pedro , Lázaro , AYUNTAMIENTO DE ZAMORA Representante: LETRADO COMUNIDAD, Luis Pedro , LINO FERNANDEZ PUERTOLAS , JOSE CARLOS HERNANDEZ FIGUERUELO SENTENCIA nº 2.254 ILMOS. SRES. MAGISTRADOS DOÑA ANA MARIA MARTINEZ OLALLA DON JAVIER ORAA GONZALEZ

DON RAMON SASTRE LEGIDO En Valladolid, a once de octubre de dos mil cinco.

Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna: La Orden de 4 de julio de 2001 de la Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León de 16 de julio de 2001, por la que se aprueba definitivamente la Revisión del Plan General Municipal de Ordenación Urbana de Zamora.

Son partes en dicho recurso: como recurrente DOÑA Rita , representada por la Procuradora Dª Nuria Calvo Boizas, bajo la dirección de Letrado.

Como demandada LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEON, representada y defendida por Letrado de sus Servicios Jurídicos.

Como codemandas EL AYUNTAMIENTO DE ZAMORA, representado por el Procurador D. José

María Ballesteros González, bajo la dirección de Letrado, DON Luis Pedro , representado por la Procuradora Dª Aurora Palomera Ruiz, bajo la dirección de Letrado, y DON Lázaro , representado por el Procurador D. José Miguel Ramos Polo, bajo la dirección de Letrado.

Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. RAMON SASTRE LEGIDO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso y recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se declare no conforme a derecho la Orden de 4 de julio de dos mil uno de la Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León de aprobación definitiva de la Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Zamora y en consecuencia se anule el mismo; y subsidiariamente se declare nulo la regulación del Sistema General 8 Parque de San Francisco, el Sistema General 1 Centro de Rotura, el Sector 1 San Lázaro con imposición de las costas a quien se oponga a este recurso.

SEGUNDO

En el escrito de contestación de la Administración Autonómica demandada, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia desestimatoria del presente recurso contencioso administrativo por ser el acto administrativo impugnado conforme a derecho, con expresa imposición de costas a la parte actora.

TERCERO

En el escrito de contestación de la representación del Ayuntamiento de Zamora, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el recurso, condenando expresamente a la recurrente al abono de las costas causadas.

CUARTO

Se tuvo por caducado el derecho a presentar el correspondiente escrito de contestación a la demanda, tanto a la representación de D. Luis Pedro como a la representación de D. Lázaro , al no haberles presentado en el plazo que les fue concedido.

QUINTO

El procedimiento se recibió a prueba, practicándose con el resultado que consta en autos.

SEXTO

Se presentaron escritos de conclusiones por la parte actora, así como por la representación de la Administración demandada y por la del Ayuntamiento codemandado. Se tuvo por decaído en su derecho a formular conclusiones tanto a la representación de D. Luis Pedro como a la representación de D. Lázaro , al no haber presentado los correspondientes escritos en el plazo que les fue concedido.

Declarados conclusos los autos, se señaló para votación y fallo el día 4 de los corrientes.

SÉPTIMO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo por la representación procesal de Dª Rita la Orden de 4 de julio de 2001 de la Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León de 16 de julio de 2001, por la que se aprueba definitivamente la Revisión del Plan General Municipal de Ordenación Urbana de Zamora.

Para la resolución de este proceso ha de destacarse desde este momento, tal como se refleja en la propia Orden impugnada, que la Revisión del Plan General de Zamora fue aprobada inicialmente por Acuerdo del Ayuntamiento de 27 de enero de 1999, siendo sometida al trámite de información pública, como también se indica en esa Orden. Esa aprobación inicial se efectuó, por tanto, antes de la aprobación y entrada en vigor de la Ley de Urbanismo de Castilla y León 5/1999, de 8 de abril . La aprobación provisional de esa Revisión se efectuó por Acuerdo del Ayuntamiento Pleno de 23 de marzo de 2.001, vigente ya esa Ley 5/1999 , y por ello en el documento aprobado provisionalmente se introducen, respecto del texto aprobado inicialmente, una serie de modificaciones para adaptar ese Plan a dicha Ley. Así, entre otras, según se señala en la propia Orden impugnada, en su antecedente sexto, se adaptan las denominaciones de las clases y categorías de suelo así como otros términos urbanísticos a las denominaciones previstas en el "nuevo texto legal", adecuándose también los aprovechamientos en aquellas unidades de actuación respecto de las cuales se preveían inicialmente densidades superiores a las permitidas en el art. 36 de la nueva Ley 5/1999 . Además, se incorporan al texto aprobado provisionalmente otras modificaciones respecto del aprobado inicialmente derivadas de la estimación total de 59 de las alegaciones presentadas, de la estimación parcial de otras 49, del cumplimiento de las prescripciones contenidas en los informes de la Unidad de Carreteras y de las...

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