STSJ Comunidad Valenciana , 7 de Octubre de 2005

PonenteJOSE MARTINEZ-ARENAS SANTOS
ECLIES:TSJCV:2005:5900
Número de Recurso177/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 7 de Octubre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO Núm. 177/03 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA S E N T E N C I A Núm. 1.113/05 Presidente D. Mariano Ferrando Marzal Magistrados D. José Martínez Arenas Santos D. Francisco Hervás Vercher En Valencia a siete de octubre de dos mil cinco.

Visto el recurso interpuesto por D. Constantino y Da Carmela , representados por el Procurador Sr. Alario Mont y defendidos por el Letrado Sr. Martín Bueno, contra la desestimación, por silencio, de la petición presentada el 20 de diciembre de 2.001 ante la Conselleria de Sanidad solicitando una indemnización por responsabilidad patrimonial, habiendo sido parte demandada la Administración de la Generalidad Valenciana, representada y defendida por Letrado del Gabinete Jurídico de la Presidencia y la compañía de seguros Houston Casualty Company Europa, seguros y reaseguros S.A. HCC EUROPE, representada por el Procurador Sr. Aznar Gómez y defendida por el Letrado Sr. Romero Villafranca Ha sido Ponente el Magistrado D. José Martínez Arenas Santos.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte recurrente para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que suplicó se dictara Sentencia anulando los actos presuntos impugnados y declarando que los hechos son constitutivos de responsabilidad patrimonial.

SEGUNDO

El Letrado de la Generalidad contestó a la demanda mediante escrito en el que solicitó se desestimara la misma por ser los actos impugnados dictados conforme a derecho.

La compañía de seguros codemandada no contestó la demanda al personarse tras el período probatorio.

TERCERO

Se recibió el proceso a prueba, practicándose la propuesta por las partes que resultó admitida, consistente en documental y pericial y se emplazó a los litigantes para que evacuaran el trámite previsto en el art. 64 de la Ley Reguladora , cumplido el cual quedaron los autos pendientes de votación y fallo.

En el escrito de conclusiones solicitó la parte actora por primera vez una cantidad e interesó fuera condenada la administración de la Generalidad Valenciana al pago de la cantidad de 748.077'68 .

CUARTO

Se señaló para la votación y fallo del recurso el día 6 de octubre de 2.005, teniendo lugar la misma el citado día.

QUINTO

En la sustanciación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto del recurso lo constituye el examen de la legalidad de la resolución impugnada en virtud de la cual se desestimó la pretensión de indemnización por responsabilidad patrimonial interpuesta formalmente el 20 de diciembre de 2.001, aunque sin concretar cantidad indemnizatoria.

La parte recurrente alega en defensa de su pretensión que la gran invalidez que padece la actora tuvo como causa la intervención quirúrgica que se le practicó el 12 de marzo de 2.001.

El Letrado de la Generalidad opone a ello la conformidad a derecho de los actos recurridos por los propios fundamentos de los mismos. Igualmente, en conclusiones, la compañía codemandada.

Los hechos por los que se reclamó consistieron, según se expresa en la demanda, en la gran invalidez que padece la Sra. Carmela producida por la intervención a que fue sometida el 12 de marzo de 2.001 para extirparle un tumor benigno de crecimiento lento en...

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