STSJ Comunidad Valenciana , 22 de Marzo de 2005

PonenteMARIA LUISA MEDIAVILLA CRUZ
ECLIES:TSJCV:2005:1850
Número de Recurso633/2005
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución22 de Marzo de 2005
EmisorSala de lo Social

Rec. contra ST nº 633/05 Recurso contra Sentencia núm. 633/2005 Ilmo. Sr. D. Victor José Barrachina Juan Presidente Ilma. Sra. Dª. Gema Palomar Chalver Ilma. Sra. Dª Mª Luisa Mediavilla Cruz En Valencia, a veintidos de marzo de dos mil cinco.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 857/2005 En el Recurso de Suplicación núm. 633/2005, interpuesto contra la sentencia de fecha 29 de octubre de 2004, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 3 de Alicante, en los autos núm. 166/2004 , seguidos sobre REINTEGRO PRESTACION DESEMPLEO, a instancia de INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO, contra RESVISA S.L, Dª Soledad y MERHOTEL S.L., y en los que es recurrente el demandado Resvisa S.L., habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª Mª Luisa Mediavilla Cruz

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 29 de octubre de 2004 , dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

"Que estimando la excepción de falta de legitimación pasiva de la empresa MERHOTEL, S.L. y estimando la demanda interpuesta por el INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO contra RESVISA, S.L. es responsable del reintegro de las prestaciones por desempleo obtenidas por la trabajadora Soledad durante los periodos de 1-11-00 a 14-1-01, de 1-11-01, de 1- 11-01 a 2-1-02, de 21-1-02 a 28-2-02 y de 6-12-02 a 23-12-02 y de las correspondientes cotizaciones a la Seguridad Social, en cuantía total de 3.047,23 euros, facultando al Instituto Nacional de Empleo para resarcirse de este importe por los medios legales, y absolviendo a Soledad y a la empresa MERHOTEL, S.L. de las pretensiones en contra formuladas".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"La demandada Soledad , con Dni Nº NUM000 , ha prestado sus servicios por cuenta y orden de la empresa demandada RESVISA, S.L., dedicada a la actividad de hostelería, con la categoría profesional de camarera, durante los siguientes periodos,d en base a sucesivos contratos eventuales por circunstancias de la producción: Del 4-1-00 al 26-1-00. Del 4-5-00 al 31-10- 00- Del 7-2-01al 28-2-01. Del 13-3-01 al 31-10-01.

Del 3-1-02 al 20-1-02. Del 1-3-02 al 31-5-02. Del 9- 6-02 al 8-11-02. Del 15-3-03 al 25-10-03. Del 28-10-03 al 30-11-03. SEGUNDO.- La citada trabajadora prestó sus servicios como camarera por cuenta y orden de la empresa MERHOTEL S.L., dedicada a la actividad de hostelería, desde el 12-11-02 hasta el 5-12-02 y desde el 19-12-03 hasta el 29-2-04, en virtud de sendos contratos eventuales jpor circunstancias de la producción. TERCERO.- Soledad ha sido beneficiaria de las prestaciones por desempleo durante los siguientes periodos y por el importe íntegro que se indica: Del 1-11-00 al 14-1-01 (74 días) 445,57 euros.

Del 1-11-01 al 2-1-02 (62 días) 750,42 euros. Del 21-1-02 al 28-2-02 (38 días) 484,14 euros. Del 6-12-02 al 23-12-02 (16 días) 217,86 euros. Durante dichos periodos el Instituto Nacional de Empleo ha ingresado las cotizaciones a la Seguridad Social por importe de 1.149,24 euros. CUARTO: La mercantil MERHOTEL, S.L. dio inició a sus operaciones el 1-1-1981, siendo sus socios fundadores Baltasar , Luis Pablo Administrador Único y gerente. La actividad de la mercantil es la explotación del Hotel Mont Park en Benidorm. QUINTO.- La mercantil RESVISA, S.L. dio inicio a sus operaciones el...

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