STSJ Extremadura , 9 de Marzo de 2005

PonentePEDRO BRAVO GUTIERREZ
ECLIES:TSJEXT:2005:421
Número de Recurso540/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2005
EmisorSala de lo Social

T.S.J.EXTREMADURA SALA SOCIAL CACERES SENTENCIA: 00196/2005 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE EXTREMADURA SALA DE LO SOCIAL (C/PEÑA S/Nº (TFNº 927 620 236 FAX 927 620 246))

N.I.G: 10037 34 4 2004 0102151, MODELO: 40225 TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000540 /2004 Materia: INCIDENTES DE EJECUCION Recurrente/s: TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD S Recurrido/s: Pedro Enrique , JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de BADAJOZ de DEMANDA 0004276 /1984 Ilmos. Sres.

D. PEDRO BRAVO GUTIERREZ Dª ALICIA CANO MURILLO D. MIGUEL CARDENAL CARRO MAGISTRADO SUPLENTE En CACERES, a nueve de Marzo de dos mil cinco, habiendo visto las presentes actuaciones de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados/as, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española , EN NOMBRE DE S.M. EL REY Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE EL PUEBLO ESPAÑOL ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A Nº 196 En el RECURSO DE SUPLICACION nº 540/2004, formalizado por el. LETRADO de la SEGURIDAD SOCIAL, en nombre y representación de la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra Auto de fecha 13-2-2004, dictado por el JUZGADO DE LO SOCIAL N. 1 de BADAJOZ en EJECUCIÓN de la sentencia recaída en los autos de referencia instada por la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra los herederos de D. Pedro Enrique , siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. PEDRO BRAVO GUTIERREZ, y deduciéndose los siguientes;

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 29 de noviembre de 1984, notificada a la Letrada de la Seguridad Social el 10 de diciembre del mismo año, se dictó por la entonces Magistratura de Trabajo de Badajoz sentencia que contenía la siguiente parte dispositiva:

"Que dando valor y efecto de demanda a la comunicación de la Inspección Central de Trabajo Y Seguridad Social, de fecha cinco de Noviembre de 1.984, debo declarar y declaro que el fallecimiento del trabajador Luis Manuel es debido a accidente de trabajo indemnizable, a tenor de lo dispuesto en la Ley de Seguridad Social de 30 de Mayo de 1.974 , y a la Orden de 13 de Febrero de 1.977., y en su consecuencia, debo condenar y condeno a la empresa Pedro Enrique , a que constituya en el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería Territorial de la Seguridad Social, demandados, el capital coste de renta para obtener a favor de la madre del fallecido, María Luisa , una pensión vitalicia anual del 42,50% de la base reguladora del productor fallecido de 574.875 Pts. anuales., y a que abone al padre del fallecido, Joaquín , una indemnización a tanto alzado, que se fija en la suma de CUATROCIENTAS TREINTA Y UNA MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS PTAS., condenando, con carácter subsidiario, y en la forma que corresponde, al Instituto Nacional de la Seguridad Social y a la Tesorería General de la Seguridad Social, de las cantidades anteriormente señaladas a favor de los padres del fallecido., debiendo absolver a absolviendo de la demanda de oficio a la MUTUA PATRONAL DE ACCIDENTES DE TRABAJO nº 166, "LA FRATERNIDAD".

SEGUNDO

Por escrito presentado el 1 de agosto de 1997 el Letrado de la Seguridad Social solicitó la ejecución de la referida sentencia, recayendo el 13 de febrero de 2004, tras diversas actuaciones, auto del Juzgado de lo Social en el que se apreciaba la prescripción y se decretaba no haber lugar a seguir la ejecución solicitada. Contra el referido auto se interpuso por la Letrada de la Seguridad Social recurso de suplicación que fue desestimado por otro auto de 13 de abril de 2004 .

TERCERO

Contra el auto que resolvió la reposición se interpone recurso de suplicación que no ha sido impugnado.

CUARTO

Frente a dicho auto se anunció recurso de suplicación por la parte codemandada TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Tal recurso no fue objeto de impugnación por la contraparte.

QUINT...

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