STSJ Cataluña , 19 de Enero de 2005

PonenteFRANCISCO LOPEZ VAZQUEZ
ECLIES:TSJCAT:2005:573
Número de Recurso1130/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución19 de Enero de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección Tercera Recurso ordinario número 1.130 de 2.002 Partes: "ENDESA, Distribución Eléctrica, SLU" contra la Generalitat de Catalunya SENTENCIA Nº 65 Ilmos. Sres.

Presidente José Juanola Soler Magistrados Manuel Táboas Bentanachs Francisco López Vázquez En la ciudad de Barcelona, a diecinueve de enero de dos mil cinco.

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, constituida al efecto para la votación y fallo, ha visto, en el nombre de Su Majestad el Rey, el recurso contencioso administrativo seguido ante la misma con el número de referencia, promovido a instancia de "ENDESA, Distribución Eléctrica, SLU", representada por el procurador de los tribunales Sr. de Anzizu Furest y defendida por el letrado Sr. Estruch Bellés, contra la Generalitat de Catalunya, representada y defendida por su letrado, en relación con procedimiento sancionador, siendo la cuantía del recurso inferior a 18.030'36¿, y atendiendo a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación procesal de la parte actora se interpuso el presente recurso contencioso administrativo, publicándose el pertinente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y, recibido el expediente administrativo, le fue entregado para que dedujese escrito de demanda, donde, tras consignar los hechos y fundamentos jurídicos que estimó de aplicación, solicitó se dictase sentencia estimatoria de las pretensiones en ella deducidas.

SEGUNDO

Conferido traslado a la parte demandada, contestó la demanda, consignando los hechos y fundamentos de derecho que entendió aplicables, solicitando la desestimación de las pretensiones de la demanda.

TERCERO

Recibidos los autos a prueba, fueron practicadas las consideradas pertinentes de entre las propuestas, con el resultado que es de ver en autos, continuando el proceso sus trámites, hasta finalizar con el de conclusiones, donde las partes presentaron sucintas alegaciones en defensa de sus pretensiones respectivas, quedando el pleito concluso para sentencia y señalándose finalmente el momento de la votación y fallo, que ha tenido lugar el día 10 de enero de 2.005. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Francisco López Vázquez, quien expresa el parecer del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo tiene por objeto la impugnación del acuerdo de la Direcció General de Prevenció de Riscos del Medi Natural del Departament de Medi Ambient de la Generalitat de Catalunya, de 30 de octubre de 2.002, desestimando parcialmente recurso de alzada contra la resolución de 10 de julio de 2.002, dictada en el procedimiento sancionador número IF-B-1.677/2.002, e imponiendo a la actora en definitiva una sanción consistente en multa de 360'61¿, por infracción leve del artículo 74.2.j) y 75 de la Llei 6/1.988, de 30 de marzo, forestal de Catalunya , en relación con el 5 del Decret 64/1.995, de 7 de marzo .

SEGUNDO

Sin que se haga preciso referirse a las alegaciones de falta de legitimación de la actora planteadas con carácter previo en el escrito de contestación a la demanda, ya que no han sido mantenidas en el escrito de conclusiones de la demandada, a la vista de la documentación complementaria aportada por aquélla, en el fondo del asunto el único motivo de impugnación planteado en la demanda es el de vulneración del principio de tipicidad, al considerarse que, al ser el conductor un cable trenzado, no le es de aplicación el artículo 5.1.b) del Decret 64/1.995 , sino el anexo 2.4 del Decret 268/1.996 , que no establece ninguna distancia mínima respecto de la vegetación,...

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