STSJ Canarias , 8 de Septiembre de 2005

PonentePEDRO MANUEL HERNANDEZ CORDOBES
ECLIES:TSJICAN:2005:3387
Número de Recurso141/2005
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 8 de Septiembre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

Rollo de apelación: 141/2005 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS Sala de lo Contencioso Administrativo Santa Cruz de Tenerife Sección 2ª

S E N T E N C I A Nº 248 Rollo de Apelación nº: 141/2005 Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 1: 501/2004 Iltmos. Sres:

Presidente D. Pedro Hernández Cordobés Magistrados D. Helmuth Moya Meyer D. Juan Ignacio Moreno Luque Casariego

En Santa Cruz de Tenerife, a ocho de septiembre de dos mil cinco.- Visto, en nombre del Rey, ante esta Sala de lo contencioso-administrativo de Santa Cruz de Tenerife, el recurso apelación antes señalado, como parte apelante D. Adolfo y D. Juan Carlos , representador por el procurador Sr. Rodríguez López y asistidos por el letrado Sr. Almero Noceca, contra el auto dictado el 20 de enero de 2005 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo referido en el encabezamiento, en el recurso también señalado, seguido a su instancia, versando sobre DISCIPLINA URBANÍSTICA; impugna el recurso la Administración de la COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS, y;

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, dictó auto cuya parte dispositiva dice:

DECIDO: estimar parcialmente la demanda cautelar y:

a) suspender la ejecución de la multa si se presta aval bancario en el plazo de un mes; b) no suspender la orden de demolición. Sin costas

.

SEGUNDO

Contra la citada resolución se dedujo por la parte anteriormente referida, en tiempo y forma, recurso de apelación sustentado en las alegaciones y fundamentos que resultan del escrito unido al rollo de su razón.

Admitido a trámite, se concedió traslado a las demás partes personadas para, en su caso, su impugnación o adhesión.

TERCERO

Recibidas las actuaciones en esta Sala, se dispuso formar el correspondiente rollo de apelación, designar magistrado ponente y señalar día para votación y fallo, fecha en que tuvo lugar esta actuación procesal según lo previsto.

Siendo ponente el Iltmo. Magistrado don Pedro Hernández Cordobés.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La apelación versa exclusivamente sobre la orden de demolición de las obras consistentes en construcción de una planta semienterrada destinada a garaje y vivienda de 101 m2 de superficie total aproximada, suelo rústico del término municipal de Arona, lugar denominado Las Rosas, sin haber obtenido la Calificación Territorial y licencia municipal de obras.

El Juzgado de lo Contencioso-administrativo denegó...

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