STSJ Aragón , 14 de Abril de 2005

PonenteJESUS MARIA ARIAS JUANA
ECLIES:TSJAR:2005:914
Número de Recurso121/2004
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución14 de Abril de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (Sección 1ª).

- Recurso de apelación núm. 121 del año 2004- SENTENCIA Nº 396 de 2005 ILUSTRÍSIMOS SEÑORES PRESIDENTE D. Jesús Mª Arias Juana MAGISTRADOS Dª Isabel Zarzuela Ballester Dª Nerea Juste Diez de Pinos En Zaragoza, a catorce de abril de dos mil cinco.

En nombre de S.M. el Rey. VISTO, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICÍA DE ARAGÓN (Sección 1ª), el recurso de apelación número 121 de 2004, interpuesto por Dª Estíbaliz .

representada por la Procuradora de los Tribunales Dª María Pilar Aznar Ubieto y asistida por la Letrada Dª

Ana Cristina Vives Luzón, contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Zaragoza de fecha 15 de enero de 2004, dictada en el recurso contencioso-administrativo seguido en dicho Juzgado con el número 379 de 2003 ; siendo parte recurrida, la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, representada y asistida por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el recurso contencioso-administrativo antes referido, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n° 1 de Zaragoza dictó sentencia de fecha 15 de enero de 2004 , desestimatoria del recurso y confirmatoria de la actuación recurrida, sin hacer expresa imposición de costas.

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia, por la parte actora se interpuso recurso de apelación solicitando de esta Sala su revocación y la estimación del recurso promovido; siendo admitido dicho recurso y dándose traslado a la representación de la Administración demandada para que pudiera formalizar su oposición al mismo, lo que así hizo; y tras elevarse las actuaciones a la Sala, se celebró la votación y fallo el día señalado, 7 de abril de 2005.

Siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Jesús Mª Arias Juana.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia apelada, con desestimación del recurso contencioso-administrativo interpuesto por la recurrente, vino a confirmar la resolución administrativa recurrida, de la Subdelegación del Gobierno en Zaragoza de fecha 21 de marzo de 2002, por la que le fue denegado el permiso de residencia conjuntamente solicitado con el permiso de trabajo en documento unificado, al haberle sido denegado este último por resolución de 31 de enero de 2002, con base en el artículo 82.1 del Real Decreto 155/1996, de 2 de febrero , por el que se aprueba el Reglamento de ejecución de la Ley Orgánica 7/1985 - aconsejarlo la situación nacional de empleo -, al considerar que había trabajadores inscritos en la oficina del INEM como demandantes de empleo para ocupar el puesto que le había sido ofertado - de empleada de hogar -.

SEGUNDO

No obstante lo que se alega por la recurrente, insistiéndose en los motivos impugnatorios aducidos en su demanda, no cabe desconocer que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38.1 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de...

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