STSJ Navarra 118/1997, 13 de Marzo de 1997
Ponente | JOSE ANTONIO ALVAREZ CAPEROCHIPI |
ECLI | ES:TSJNA:1997:1075 |
Número de Recurso | 115/1997 |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 118/1997 |
Fecha de Resolución | 13 de Marzo de 1997 |
Emisor | Sala de lo Social |
Proc. nº 1995/00515 - 2
Rollo nº 1997/00115
Sentencia nº 118
Ilma. Sra. DOÑA CARMEN ARNEDO DIEZ
PRESIDENTE
Ilmo. Sr. DON JOSÉ A. ÁLVAREZ CAPEROCHIPI
Ilma. Sra. DOÑA CONCEPCIÓN SANTOS MARTÍN
En la Ciudad de Pamplona, a TRECE DE MARZO de mil novecientos noventa y siete.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y
EN NOMBRE DEL REY
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el Recurso de Suplicación interpuesto por DON JUAN TOMAS RODRIGUEZ ARANO, en nombre y representación de INDUSTRIAS QUIMICAS DE NAVARRA, S.A., frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social nº DOS de los de Navarra, sobre CONFLICTO COLECTIVO; ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON JOSÉ A. ÁLVAREZ CAPEROCHIPI, quien expresa el parecer de la Sala.
Ante el Juzgado de lo Social nº Dos de los de Navarra, se presentó demanda por DON Iván, en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminaba suplicando se dictara sentencia por la que se declare el derecho que tienen los trabajadores que prestan sus servicios en el centro de trabajo de Pamplona de "INDUSTRIAS QUIMICAS DE NAVARRA, S.A." a disponer de diez minutos para su limpieza personal antes de la comida y otros 10 minutos antes de abandonar el trabajo, estando y pasando por tal declaración.
Admitida a trámite la demanda, se celebró el acto del juicio oral en el que la parte actora se ratificó en la misma, oponiéndose la demandada según consta en el acta extendida a tal efecto por el Sr. Secretario. Recibido el juicio a prueba se practicaron las propuestas y declaradas pertinentes.
Por el Juzgado de instancia se dictó sentencia, cuya parte dispositiva dice: "Que estimando la demanda presentada por DON Iván contra INDUSTRIAS QUIMICAS DE NAVARRA, S.A. DEBO DECLARAR Y DECLARO el derecho de los trabajadores adscritos a las Secciones de Almacén, Mantenimiento, Lavandería, Laboratorio, Envasado, Farma- agro, Secado y Molienda y Energías a disponer dentro de su jornada laboral de 10 minutos antes de la comida y de otros diez antes de abandonar el puesto, para su limpieza personal, condenando al demandado a estar y pasar por esta declaración."
En la anterior sentencia se declararon probados: "PRIMERO: En el área de "Producción Sequestrene", se fabrican dos productos del mismo nombre en instalaciones semicontinuas mediante procesos de síntesis química, extracción, destilación etc.- Las materias primas se almacenan en un local anexo a la planta de fabricación.- Entre los productos que, se depositan en el almacén (E7, y E-31) están: ácido hexanona (inflamable y nocivo) xileno (inflamable y nocivo), fosfamidon (muy tóxico), epiclorhidrina (tóxico e inflamable); etanolamina (corrosivo), metil-etil- cetona (irritante y muy inflamable) etc.- El sequestrene puede formar mezclas aire-polvo explisivas. Indicaciones: Evitar el contacto con la piel y los ojos. No respirar el polvo. Evitar la formación de polvo, llevar mascarilla si es necesario. En la manipulación del producto, llevar delantal y guantes de goma o neopreno y gafas de seguridad o pantalla facial. Primeros auxilios: En caso de contacto con los ojos, lavar inmediata y abundantemente con agua durante varios minutos y acudir a un médico. Quitar inmediatamente la ropa manchada o salpicada. En caso de contacto con la piel, lavar inmediata y abundantemente con agua y jabón.- En el área de "envasado de productos agro", se envasan graneles de este nombre, en polvo o líquidos.- El operario, entre otras funciones, alimenta big-bags, con el producto granel, cambia los sacos en filtros de mangas, realiza la limpieza y recogida de los derrames que se producen durante el envasado, y de las líneas de envasado.- Algunos de los graneles son sustancias tóxicas y/o inflamables.- En el área de "producción Farma" se fabrican los siguientes productos: a) Higrotona: irrita las vías respiratorias. Indicaciones: Evitar la formación de polvo, llevar mascarilla si es necesario. Evitar la acumulación de cartas electroestáticas (comprobar puestas a tierra). Primeros auxilios: Llevar a la persona afectada al aire libre. En caso de contacto con los ojos, lavar inmediata y abundantemente con agua durante varios minutos y acudir a un médico. Quitar inmediatamente con la piel, lavar inmediata y abundantemente con agua y jabón. En caso de accidente o malestar, acudir inmediatamente al médico. C) Allobarbital.- Los procesos consisten en sistesis químicas, destilaciones,...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
Real Decreto 374/2001, de 6 de abril, sobre protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos
...Superior de Justicia del País Vasco de 13/1/1998, núm. 23/1998. Recurso de Suplicación núm. 2233/1997. Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra de 13/3/1997, núm. 118/1997. Recurso de Suplicación. Rollo núm. Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de las Palmas, Canarias d......