SAP Murcia 101/1997, 2 de Diciembre de 1997

PonenteANDRES PACHECO GUEVARA
ECLIES:APMU:1997:646
Número de Recurso60/1997
ProcedimientoPENAL - PROCEDIMIENTO ABREVIADO/SUMARIO
Número de Resolución101/1997
Fecha de Resolución 2 de Diciembre de 1997
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

Rº nº 60/97

SENTENCIA Nº 101

Iltmos. Sres.

D. Antonio Salas Carceller

Presidente

D. Juan Antonio Jover Coy

D. Andrés Pacheco Guevara

Magistrados

En la ciudad de Murcia, a dos de Diciembre de mil novecientos noventa y siete.

La Sección 4º de la Audiencia Provincial de Murcia, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados que anteriormente se mencionan, ha visto en juicio oral y público las actuaciones del presente rollo n° 60 de 1997 dimanante de la n° 157 de 1996 tramitado en virtud de atestado policial por las normas del procedimiento abreviado en el Juzgado de Instrucción de Cartagena nº 8 por delito de robo con fuerza en la cosas en grado de tentativa contra el acusado Marcelino con D.N.I. nº NUM000 nacido el 21/2/73 de 24 años de edad, de estado civil soltero hijo de Rafael y de Enriqueta natural de Almería vecino de Cartagena con domicilio en DIRECCION000 NUM001, NUM002 con antecedentes penales, privado de libertad y en situación de libertad provisional por esta causa, decretada por auto de 21/6/96 representado por la Procuradora Doña Carmen Rosagro Sánchez y defendido por el Letrado Don José Mª Roda Alcantud ambos de oficio en cuya causa se ostenta la representación del Ministerio Público por el Fiscal Ilma Sra. Doña María Isabel Neira Campos y siendo ponente el Magistrado Ilmo. Sr Don Andrés Pacheco Guevara quien expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Instrucción de Cartagena 8 con fecha 21/6/96 inició Diligencias Previas con el nº 557/96 a consecuencia de atestado policial por tentativa de robo en un establecimiento y practicadas las diligencias que el Instructor estimó oportunas para el esclarecimiento de los hechos, con fecha 17/1/97 se dictó auto de apertura de Juicio Oral contra Marcelino como posible autor de un delito de robo con fuerza en las cosas en grado de tentativa del arte 237, 238.2º y 241.1, 15 y 62 del Código Penal, habiéndose decretado la conclusión de las diligencias en 14/3/97 por lo que las actuaciones fueron elevadas a esta Superioridad quien ordenó la tramitación correspondiente en cuyo curso se mantuvo la acusación contra el ya referido por el Ministerio Fiscal por lo que se señaló día para r el inicio de las sesiones del juicio oral el 1/12/97 habiéndose practicado dicho acto con el cumplimiento de todas las exigencias prescritas en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

SEGUNDO

El Ministerio Fiscal presentó escrito de conclusiones provisionales en 11/12/96, del siguiente tenor: Sobre las 04'45 h del día 20-junio-1.996, el acusado Marcelino, mayor de edad y ejecutoriamente condenado en sentencia de 25-4-1.994 a la pena de multa y privación del permiso de conducir durante 3 meses por un delito de utilización ilegítima de vehículo de motor ajeno, por la que se le concedió la condena condicional por Auto de 14-7-94, notificado el 1-3-95, guiado por ánimo de ilícito benefició, después de forzar con un destornillador que portaba la reja metálica existente a la entrada del bar-salón de té "Carlos", sito en la C) Almirante Baldasano n° 21, de Cartagena, propiedad de Alberto, accedió a su interior, siendo sorprendido por Agentes de la Policía Local cuando, cuchillo en mano, intentaba abrir una de las puertas interiores del local, sin que consiguiera...

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