SAP Barcelona 421/1997, 22 de Diciembre de 1997

PonenteFRANCISCO JAVIER BEJAR GARCIA
ECLIES:APB:1997:2972
Número de Recurso461/1997
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución421/1997
Fecha de Resolución22 de Diciembre de 1997
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 6ª

SECCION SEXTA.

ROLLO Nº 461/97.

PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 484/95.

JUZGADO DE LO PENAL Nº 15 DE BARCELONA..

SENTENCIA Núm. 421

Ilmos. Sres.

D. FRANCISCO JAVIER BEJAR GARCÍA.

Dª Mª JOSÉ FELIU MORELL.

Dª. Mª MONTSERRAT ARROYO ROMAGOSA.

En la ciudad de Barcelona, a veintidós de Diciembre de mil novecientos noventa y siete.

VISTES, en grado de apelación, ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial, el presente rollo de apelación nº 461/97, dimanante del Procedimiento Abreviado nº 484/95, procedente del Juzgado de lo Penal n° 15 de Barcelona, seguido por un delito de falsificación, contra Leonor ; los cuales penden ante ésta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Fiscal y Dª. Carla, contra la Sentencia dictada en los mismos el día 25 de Junio de 1.997, por el Sr. Juez del expresado Juzgado .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo absolver y absuelvo a Leonor de los delitos de falsedad en documento privado y falsedad en documento oficial por los que se le acusaba, declarando de oficio las costas procesales.-"

SEGUNDO

Admitido el recurso y de conformidad con lo establecido en el art. 795.4º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, no siendo preceptivo el emplazamiento y comparecencia de las partes, se siguieron los trámites legales de esta alzada y quedaron los autos vistos para sentencia.

TERCERO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente D. FRANCISCO JAVIER BEJAR GARCÍA.

HECHOS PROBADOS

No se acepta la declaración de hechos probados contenida en la sentenció apelada, que quedará así redactada: " En fecha 22 de mayo de 1.992 el acusado Leonor, mayor de edad, sin antecedentes penales, y Carla firmaron un contrato mediante el que constituían la sociedad civil " Carla y Cia", que tenia por objeto la explotación de un bar sito en Barcelona, Paseo Maragall 16 y 18, bajos, segunda, aportando Leonor el derecho de arrendamiento del local, valorado en 250.000 ptas., y Carla designada administradora social, cantidad equivalente en metálico; cono la sociedad se hallara inactiva y el deseara darla de baja a efectos del Impuesto de Actividades Económicas, éste redactó y firmó un contrato de extinción de sociedad civil, con fecha 25 de abril de 1.993, en el que imitó la firma de Carla, y, así mismo, la imitó en el impreso de baja en el I.A.E., que entregó para su curso, junto con el referido contrato, a la Gestoría Berlanga, uno de cuyos empleados presentó el contrato y el impreso en una oficina de la Agencia Tributaria de Barcelona el día 15 de Julio de 1.994".

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Sentencia de primera instancia ha absuelto al acusado, Leonor, de los delitos de falsedad en documento privada y falsedad en documento oficial que le imputan el Ministerio Fiscal y la acusación particular, pronunciamiento contra el que han interpuesto sendos recursos de apelación ambas partes acusadoras; la Sra. Juez a quo estima acreditado que la firma de Carla...

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