SAP Tarragona 181/1998, 15 de Abril de 1998

PonenteFRANCISCO JOSE SOSPEDRA NAVAS
ECLIES:APT:1998:500
Número de Recurso611/1997
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución181/1998
Fecha de Resolución15 de Abril de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Tarragona, Sección 2ª

Rollo núm. 611 de 1997.

Juicio Oral núm. 405/96. Juzgado de lo Penal de Tarragona-4.

Abreviado núm. 24/96. Juzgado de El Vendrell-3.

SENTENCIA NÚM. 181

Iltmos. Sres:

Presidente:

D. Antonio Carril Pan.

Magistrados:

D. Javier Hernández García

D. Francisco José Sospedra Navas

En la Ciudad de Tarragona a quince de abril de mil novecientos noventa y ocho.

Visto ante la Sección 2ª de está Audiencia Provincial el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Fiscal, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal núm. 4 de Tarragona con fecha 20 de junio de 1997 en Procedimiento Abreviado seguido por el delito de robo con fuerza en las cosas en el que figura como acusado Juan María, representado por el Procurador Sra, Amposta Matheu y defendido por el Letrado Sr. Alegret Bartolín, siendo parte el Ministerio Fiscal y Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Francisco José Sospedra Navas.

ANTECEDENTES DE HECHO

ACEPTANDO los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida, y

PRIMERO,- La sentencia recurrida declaró probados los hechos siguientes: " Sobre las 21.25 horas del día 25 de febrero de 1996, el acusado Juan María, mayor de edad y sin antecedentes penales no computables cuando pasaba por la calle Muralla de la localidad de Torredembarra, observó como estaba abierta una furgoneta Ford Transit, que su propietario había dejado estacionada, y que autor o autores desconocidos procedieron, a abrirla, acercándose el acusado para ver en el interior de la misma, revolviéndola, y como no encontró nada en su interior no cogió nada, momento en que fue sorprendido por un vecino que llamó al propietario, cayéndosele al acusado, las llaves de su casa y cotxe, procediéndose a llamar a la Policía Local; la furgoneta tenía fracturada el bombín, y su propietario ha renunciado a su reclamación.

En el interior de la furgoneta, el propietario después de inspeccionarla, encontró una jeringuilla, que no pertenecía al acusado".

SEGUNDO

Dicha sentencia contiene el siguiente fallo: "Que debo absolver y absuelvo a Juan María del delito del que venía acusado en la presente causa, con declaración de las costas de oficio".

TERCERO

Contra la mencionada sentencia se interpuso recurso de apelación por el Ministerio Fiscal fundamentándolo en los motivos que son de- ver en el escrito presentado.

CUARTO

Admitido el recurso y dado traslado por diez días a las demás partes para que presentasen escritos de impugnación o adhesión, por la representación del acusado se solicita la confirmación de la sentencia recurrida.

HECHOS PROBADOS

No se aceptan los de la sentencia de instancia, los cuales se sustituyen íntegramente por los siguientes:

" Sobre las 21.25 horas del día 25 de febrero de 1996, el acusado Juan María, mayor de edad y con antecedentes penales no computables, con ánimo de obtener un beneficio económico, forzó el bombín de la furgoneta Ford Transit N-....-US, que estaba estacionada, en la calle Muralla de la localidad de Torredembarra, accediendo a su interior sin llegar a sustraer ningún objeto, al ser sorprendido por el propietario de la furgoneta, D. Jose Carlos que lo condujo a las dependencias de la Policía Local. Los daños causados a la furgoneta ascienden a 13.143 pesetas.

El perjudicado ha...

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