SAN, 2 de Abril de 1998

PonenteVENTURA PEREZ MARIÑO
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 2ª
ECLIES:AN:1998:563
Número de Recurso220/1995

SENTENCIA

Madrid, a dos de Abril de mil novecientos noventa y ocho.

Visto el recurso contencioso-administrativo que ante esta Sección Segunda de la Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional y bajo el número 02/220/1995 se tramita a

instancia de ALCAIDESA HOLDING,S.A., representado por el Procurador Sr. Pozas Granero,

contra resolución del Tribunal Económico Administrativo Central de fecha uno de febrero de 1995

sobre liquidación por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos

Documentados, y en el que la Administración demandada ha estado representada y defendida por

el Sr. Abogado del Estado, siendo la cuantía del mismo indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. La parte indicada interpuso en fecha 7 de abril de 1995 este recurso respecto de los actos antes aludidos y, a admitido a trámite, anunciada la interposición del mismo en el Boletín Oficial del Estado, y reclamado el expediente administrativo, se entregó éste a la parte actora para que formalizara la demanda, lo que hizo en tiempo, en la que realizó una exposición fáctica y la alegación de los preceptos legales que estimó aplicables, concretando su petición en el Suplico de la misma, en el que literalmente dijo:"que, teniendo por presentado este escrito en tiempo y forma, con los documentos que se acompañan, se sirva admitirlo, y en su virtud, tras los trámites legales oportunos dicte resolución por la que, revocando los actos impugnados, se declare la transmisión en su dia efectuada a favor de mi representada de 965,6 Has. de suelo urbanizable, sujeta y no exenta del Impuesto sobre el Valor Añadido, y en consecuencia, la procedencia de la repercusión de 180.000.000 ptas. efectuada a mi representada y por ella soportada respecto del mencionado tributo".

  2. De la demanda se dió traslado al Sr. Abogado del Estado, quien en nombre de la Administración demandada contestó en un relato fáctico y una argumentación jurídica que sirvió al mismo para concretar su oposición al recurso en el suplico de la misma, en el cual solicitó "Que tenga por contestada la demanda deducida en el presente litigio y, previos los trámites legales, dicte sentencia por la que se desestime el presente recurso, confirmando íntegramente la resolución impugnada por ser conforme a Derecho" .

  3. Solicitado el recibimiento a prueba del recurso, la Sala dictó Auto de fecha 8 de abril de 1997 acordando el recibimiento a prueba por plazo común de treinta días, habiéndose practicado la propuesta y admitida con el resultado obrante en autos.

Siendo el siguiente trámite el de Conclusiones, a través del cual, las partes, por su orden, han concretando sus posiciones y reiterado sus respectiva pretensiones. Por providencia se hizo señalamiento para...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STS, 19 de Abril de 2003
    • España
    • 19 Abril 2003
    ...el día 2 de abril de 1998, por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en su recurso 220/1995, siendo parte recurrida Alcaidesa Holding, S.A., representada por el Procurador don Luis Pozas Osset, bajo la dirección de Letrado, relativo a impue......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR