SAP Madrid, 7 de Mayo de 1998

PonenteELADIO GALAN CACERES
ECLIES:APM:1998:5404
Número de Recurso1095/1997
ProcedimientoMENOR CUANTÍA
Fecha de Resolución 7 de Mayo de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 22ª

SENTENCIA

En Madrid, a siete de Mayo de mil novecientos noventa y ocho.

La Sección Vigésimosegunda de esta Audiencia Provincial ha visto, en grado, los presentes autos de Menor Cuantía sobre Paternidad seguidos, bajo el número 119/96, ante el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de los de Móstoles, entre partes:

De una como apelante, Don Guillermo, representado por el Procurador Sr. Conde Gregorio y asistido del Letrado Don César Muñoz Núñez.

De la otra, como apelado, Don David, representado por el Procurador Sr. Alvarez del Valle, y asistido de la Letrada doña Patricia de Osuna Pascual.

De la otra también como apelados Don Luis Francisco y Doña Susana .

Fue igualmente parte el Ministerio Fiscal.

,

VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Eladio Galán Cáceres

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.

SEGUNDO

Con fecha 18 de Marzo de 1.997 por el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Móstoles se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente. "Que desestimando la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales D, Miguel Angel Alvarez Gómez en nombre y representación de D. Guillermo contra Don David y Dª Susana absuelvo a los demandados de los pedimentos de la demanda, sin expresa declaración sobre las costas causadas.

Notifíquese esta sentencia a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que deberá interponerse en este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde su notificación, y del que conocerá, en su caso la Audiencia Provincial.

Así, por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo."

TERCERO

Notificada la mencionada resolución a las partes contra la misma se interpuso recurso de apelación por la representación legal de Don Guillermo, el que fue admitido en ambos efectos y, en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se han remitido los autos a esta Superioridad, ante la que han comparecido ambas partes, sustanciándose el recurso por su trámites legales y celebrándose la vista de apelación el día 6 de los corrientes, con la asistencia de los Letrados de las partes expresadas, que informaron cuanto creyeron conveniente en apoyo de sus respectivas pretensiones. CUARTO.-. En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el acto de la vista la parte apelante, con revocación de la sentencia de instancia, ha interesado la declaración de la filiación paterna no matrimonial en los términos ya solicitados en primera instancia, reiterando que Don David es el padre de aquel, impugnando la paternidad de Don Guillermo ; apoyó tal pretensión en la prueba testifical practicada y en la negativa del apelado, Sr. David, al sometimiento a la prueba pericial biológica.

La parte apelada interesó la confirmación de la sentencia.

S...

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