SAN, 29 de Abril de 1998
Ponente | MARGARITA ROBLES FERNANDEZ |
Emisor | Audiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 8ª |
ECLI | ES:AN:1998:936 |
Número de Recurso | 785/1997 |
SENTENCIA
Madrid, a veintinueve de abril de mil novecientos noventa y ocho.
Vistos los autos del recurso contencioso-administrativo nº 8/785/97, que ante esta Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, ha promovido el Procurador D. JULIAN DEL
OLMO PASTOR, en nombre y representación de COMPAÑIA EOLICA ARAGONESA, S.A., frente a
la Administración General del Estado, representada por el Sr. Letrado del Estado, contra
desestimación por silencio de la solicitud de concesión de subvención, (que después se describirá
en el primer fundamento de Derecho), siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª MARGARITA
ROBLES FERNANDEZ.
Por el recurrente expresado se interpuso recurso contencioso-administrativo, mediante escrito presentado el 16 de Julio de 1997, contra la resolución antes mencionada, acordándose su admisión por Providencia de fecha 22 de Julio de 1997, con publicación en el B.O.E. del anuncio prevenido por la Ley y con reclamación del expediente administrativo.
En el momento procesal oportuno, la parte actora formalizó la demanda, mediante escrito presentado el 5 de Diciembre de 1997, en el cual, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.
El Sr. Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito presentado el 15 de Enero de 1998, en el cual, tras alegar los hechos y los fundamentos jurídicos que estimó aplicables, terminó suplicando la desestimación del presente recurso.
Recibido el pletio a prueba por Auto de 19 de Enero de 1998, se propuso por la parte actora la que a su derecho convino, admitiéndose por esta Sala la Documental practicada, con el resultado que obra en autos.
Dado traslado a las partes por su orden para conclusiones, las evacuaron en sendos escritos, reiterándose sus respectivos pedimentos.
Por Providencia de esta Sala, se señaló para votación y fallo de este recurso el día 28 de Abril de 1998, en el que se deliberó y votó, habiéndose observado en la tramitación las prescripciones legales.
Se interpone recurso contencioso-administrativo contra desestimación por silencio de la solicitud de concesión de subvención presentada el 5 de Mayo de 1997 por la actora COMPAÑIA EOLICA ARAGONESA, S.A. en el marco del Plan de Ahorro y Eficiencia Energética, para la construcción del "Parque Eólico Borja I", solicitud que se verificó el 28 de Febrero de 1996.
La actora alega que en el curso del expediente, no se le dio trámite de Audiencia, añade que no se ha motivado, como hubiera sido necesario, la denegación de la concesión, habiéndose limitado la Secretaría de Estado de...
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STS, 22 de Mayo de 2003
...fecha 29 de abril de 1998 por la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el recurso número 785/1997, sobre concesión de subvención; es parte recurrida la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, representada por Abogado del Estado. ANTECEDENTES DE HECHO Prim......