SAN, 22 de Mayo de 1998
Ponente | MERCEDES PEDRAZ CALVO |
Emisor | Audiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 6ª |
ECLI | ES:AN:1998:1404 |
Número de Recurso | 1105/1995 |
SENTENCIA
Madrid, a veintidos de mayo de mil novecientos noventa y ocho.
Vistos los autos del recurso contencioso-administrativo núm. 1105/95 que ante esta Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha interpuesto el Letrado Sr. rodriguez Santos
en nombre y representación de INMO DEL SOL ESTABLISHMENT frente a la Administración del
Estado, defendida y representada por el Sr. Abogado del Estado, contra la Resolución dictada por
el Tribunal Económico Administrativo Central el 20 de Septiembre de 1995 en materia relativa a
Exención del Impuesto Especial sobre Bienes Inmuebles de Entidades No Residentes con una cuantía indeterminada.
Ha sido Ponente la Magistrada Dª Mercedes Pedraz Calvo.
La representación procesal indicada interpuso recurso contencioso-administrativo ante esta Sala contra la Resolución de referencia dictándose por la Sala Providencia acordando tener por interpuesto el recurso, ordenando la reclamación del expediente administrativo y la publicación de los correspondientes anuncios en el B.O.E.
En el momento procesal oportuno la parte actora formalizó la demanda mediante escrito en el cual, tras exponer los fundamentos de hecho y de derecho que estimó de rigor, terminó suplicando se dicte sentencia declarando el derecho de su representada a la exención litigiosa.
El Sr. Abogado del Estado contestó a la demanda para oponerse a la misma y con base en los fundamentos de hecho y de derecho que consideró oportunos, terminó suplicando la desestimación del recurso.
Recibido a prueba el recurso, se practicó la documental a instancias de la actora con el resultado obrante en autos.
Las partes por su orden presentaron sus respectivos escritos de conclusiones para ratificar lo solicitado en los de demanda y contestación a la demanda.
La Sala dictó Providencia señalando para votación y fallo del recurso la fecha del 20 de Mayo de 1995 en que se deliberó y votó, habiéndose observado en su tramitación las prescripciones legales.
Es objeto de impugnación en el presente recurso contencioso administrativo el Acuerdo dictado el día 20 de Septiembre de 1995 por el Tribunal Económico Administrativo Central en el recurso R.G. 6563/94y R.S. 991/94, por el que el mismo resuelve desestimar la reclamación formulada por INMO DEL SOL ESTABLISHMENT hoy actora, contra Acuerdo de la Dirección General de Tributos del Ministerio de Economía y Hacienda de 12 DE mAYO DE 1994 denegatoria de la solicitud de declaración de Exención del Impuesto Especial sobre Bienes Inmuebles de Entidades No Residentes.
El Impuesto Especial sobre Bienes Inmuebles de Entidades No Residentes está regulado en la Disposición Adicional Sexta de la Ley 18/91 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que establece que estas entidades, cuando sean propietarias o posean en España...
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