SAP Alicante 489/1998, 22 de Junio de 1998

PonenteMARIA VISITACION PEREZ SERRA
ECLIES:APA:1998:2545
Número de Recurso756/1995
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución489/1998
Fecha de Resolución22 de Junio de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 5ª

SENTENCIA NUM. 489

Iltmos. Sres.

Presidente: D. Andrés Sánchez Medina y Medina

Magistrado: Dª. Visitación Pérez Serra

Magistrado: Dª. Mª Esperanza Pérez Espino

En la ciudad de Alicante, a veintidós de junio de mil novecientos noventa y ocho.

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres expresados al margen, ha visto los autos de juicio de Tercería de Dominio seguidos en el Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Novelda, de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandante INDUSTRIAS PLASTICAS LA SERRANICA SL, habiendo intervenido en la alzada dicha parte, en su condición de recurrente, representada por el/la Procurador/a SR. OCHOA POVEDA y dirigida por el/la Letrado/a Sr. Sanmartin Pérez, y como apelada VIROPLAST SL., representada por el/la Procurador/a SR. CALVO SEBASTIA con la dirección del Letrado/a Sr. Calvo Sebastiá.

I - ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Novelda en los referidos autos, tramitados con el núm. 249/94, se dictó sentencia con fecha 11 de Mayo de 1.995, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando parcialmente la demanda de tercería de dominio deducida por la representación procesal de "INDUSTRIAS PLASTICAS LA SERRANICA, SL." contra "VIROPLAST, SL." y "PLASTICOS HISPANOS, SL.", debo declarar y declaro que los bienes embargados en la Diligencia de fecha 11 de Octubre de 1.994, llevada a cabo por el Juzgado de Paz de Aspe, mérito Diligencias Juicio Ejecutivo n° 249/94 san propiedad según se ha hecho constar en el fundamento jurídico quinto de esta Sentencia que se da por reproducido, sin expresa condena en costas, abonando cada parte las causadas a su instancia y las comunes por mitad".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación por la parte demandante en tiempo y forma que fue admitido en ambos efectos, elevándose los autos, previo emplazamiento a las partes, a este Tribunal, donde quedó formando el Rollo núm. 756-B/95 en el que se personaron las partes reseñadas tramitándose el recurso en forma legal y, conferidos los traslados oportunos, se señaló para la celebración del acto de la vista el día 18 de Junio de 1.998 que tuvo lugar con la intervención de las partes comparecidas, las cuales, por su orden, informaron conforme a derecho y en apoyo de sus pretensiones.

TERCERO

En la tramitación de ambas instancias, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.

VISTO, siendo Ponente la Iltma. Sra. Dª. Visitación Pérez Serra.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La jurisprudencia del Tribunal Supremo es reiterada al afirmar en numerosas Sentencias, de las que son muestra las de 31 enero 1970 (RJ 1970/371), 21 junio 1982 (RJ 1982/3434), 30 septiembre 1985 (RJ 1985/4483), 2 mayo 1986, 12 y 15 febrero 1988 (RJ 1988/942 y RJ 1993/), 28 mayo 1990 (RJ 1990/4092 ), etc., que, tendente el juicio de tercería de dominio, como incidente que es de un juicio de ejecución singular, a la sustracción de un procedimiento de apremio de determinados bienes sujetos a embargo como integrantes del patrimonio del apremiado, en función de un derecho dominical que se arroga el tercerista, es...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR