SAN, 30 de Octubre de 1998

PonenteEDUARDO MENENDEZ REXACH
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 3ª
ECLIES:AN:1998:4248
Número de Recurso905/1995

SENTENCIA

Madrid, a treinta de octubre de mil novecientos noventa y ocho.

Visto el recurso contencioso administrativo que ante esta Sala de lo contencioso administrativo de

la Audiencia Nacional ha promovido D. Gabriel, representado por el Procurador D.

Omar Castro Muñoz, contra la Administración General del Estado, representada por el Abogado del

Estado, sobre sanción disciplinaria de separación del servicio. Ha sido Ponente el Magistrado de

esta Sección Iltmo. Sr. D. Eduardo Menéndez Rexach.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El acto impugnado procede del Ministerio de Justicia e Interior, y es la Resolución de 15 de Junio de 1995, que desestima el recurso de revisión interpuesto contra la Resolución de 12 de Noviembre de 1991 por la que se impuso al recurrente la sanción de separación del servicio como autor de una falta muy grave de abandono del servicio, del art. 6 c) del Reglamento de Régimen Disciplinario aprobado por Real Decreto 33/1986, de 10 de Enero.

SEGUNDO

Interpuesto recurso contencioso administrativo ante esta Audiencia Nacional, después de admitido a trámite, reclamado el expediente administrativo y publicado el anuncio de interposición, se dió traslado a la recurrente para que formalizara la demanda, solicitando en el suplico la estimación del recurso.

TERCERO

Presentada la demanda, se dió traslado de la misma al Abogado del Estado, con entrega del expediente administrativo para que la contestara y, formalizada dicha contestación, solicitó en el suplico que se desestimaran las pretensiones del recurrente y que se confirmaran los actos impugnados por ser conformes a Derecho.

CUARTO

Contestada la demanda se recibió el pleito a prueba, practicándose la propuesta y admitida a instancia del actor con el resultado que obra en autos, tras lo cual se dió traslado a las partes para conclusiones, las que evacuaron reiterando las alegaciones de hecho y fundamentos de derecho de sus respectivos escritos de demanda y contestación. Evacuado el trámite anterior, quedaron los autos conclusos para sentencia, señalándose para votación y fallo el día 27 de Octubre de 1998 en el que, efectivamente, se votó y falló.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El acto impugnado procede del Ministerio de Justicia e Interior, y es la Resolución de 15 de Junio de 1995, que desestima el recurso extraordinario de revisión interpuesto contra la Resolución de 12 de Noviembre de 1991 por la que se impuso al recurrente la sanción de separación del servicio como autor de una falta muy grave de abandono del servicio, del art. 6 c) del Reglamento de Régimen Disciplinario aprobado por Real Decreto 33/1986, de 10 de Enero.

SEGUNDO

Solicita la parte demandante que se declare que la Resolución de 12 de Noviembre de 1991 no es ajustada a derecho, y que se anule el acuerdo de separación del servicio al no ser responsable de falta alguna debido a la enfermedad que padece y que se le reconozcan los derechos que tenía cuando se le instruyó el expediente, acordando su reincorporación al puesto de trabajo o, subsidiariamente que se determine su aptitud para ejercer la actividad funcionarial.

En defensa de su derecho alega que es funcionario del Cuerpo Auxiliar y desempeñaba sus funciones desde Julio de 1989, hasta que el 1 de Marzo de 1991 fue dado de baja, afectado por un síndrome depresivo en grado alto, del que continúa en tratamiento, siendo declarado no apto para el trabajo por un período de 21 días, transcurridos los cuales no se presentó al trabajo, por o que le fue incoado expediente disciplinario, en el cual no compareció; sin embargo, no abandonó el servicio con pleno conocimiento, pues la enfermedad le impedía darse...

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