SAP Alicante 35/2000, 17 de Enero de 2000

PonenteMARIA DE LAS VIRTUDES LOPEZ LORENZO
ECLIES:APA:2000:151
Número de Recurso297/1999
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución35/2000
Fecha de Resolución17 de Enero de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION TERCERA

ALICANTE

ROLLO DE APELACION NÚM. 297/99.

J/O NÚM. 256/99.

JUZGADO DE LO PENAL TRES DE ALICANTE

Proc. Abreviado nº 66/99 de Alicante-Dos

SENTENCIA Núm. 35/00

ILTMOS. SRES.

Dª Virtudes López Lorenzo

D. José Manuel García Villalba Romero

D. José Daniel Mira Perceval Verdú

En Alicante, a diecisiete de Enero dedos mil.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres del margen, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia núm. 378/99 de fecha 8-9-99 dictada por el Juzgado de lo Penal núm. Tres de Alicante, en su Juicio Oral núm. 256/99 correspondiente al Procedimiento Abreviado núm. 66/99 del Juzgado de Instrucción de Alicante nº 2 por delito de robo con fuerza en las cosas habiendo actuado como parte apelante Jose Antonio representado por el Procurador Sr. Molina Villegas y dirigido por el Letrado Sr. Miralles Miralles y como parte apelada el MINISTERIO FISCAL.-

I -ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Son HECHOS PROBADOS de la sentencia apelada los del tenor literal siguiente: "El acusado, Jose Antonio, mayor de edad y ejecutoriamente condenado, entre otras muchas por sentencia firme de fecha 4/03/97 a la pena e dos meses de arresto mayor y sentencia de fecha 17/02/97 a la pena de multa, en ambas como autor de otros tantos delitos de robo, sobre las 23,50 horas del día 6 de marzo de 1999, y con el propósito de apoderarse de lo que de valor encontrara, valiéndose de una espadilla, procedió a la apertura de las puertas de los vehículos Renautl-11 con matrícula I- .... propiedad de Miguel, estacionado en la puerta del núm. 10 de la calle Foblieti de Alicante y en la acera de enfrente el vehículo I-....-IX propiedad de Alberto, no logrando apoderarse de objeto alguno al ser sorprendido por la policía, produciéndose daños en los vehículos valorados en 9.860 ptas cada uno de ellos. Ambos perjudicados han renunciado a sus acciones civiles."; HECHOS PROBADOS QUE SE ACEPTAN. SEGUNDO.- El FALLO de dicha sentencia literalmente dice: "Que condeno a Jose Antonio, como criminalmente responsable en concepto de autor de un delito continuado de robo con fuerza en las cosas en grado de tentativa, sin circunstancias modificativas de la responsabilidad penal, a la pena de SEIS MESES DE PRISIÓN y al pago de las costas procesales causadas.".-TERCERO.- Contra dicha sentencia, en tiempo y forma y por la expresada parte apelante, se interpuso el presente recurso, alegando error en la apreciación de la prueba, defendiendo su inocencia sobre la base de que cuando se le detuvo por la Policía no se le ocupó ningún objeto procedente de los vehículos cuyas cerraduras aparecieron forzadas.

CUARTO

Admitido el recurso, cumplido el trámite de...

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