SAP Ciudad Real 5/2000, 16 de Febrero de 2000

PonenteJOSE MARIA TORRES FERNANDEZ DE SEVILLA
ECLIES:APCR:2000:269
Número de Recurso49/1999
ProcedimientoPENAL - PROCEDIMIENTO ABREVIADO/SUMARIO
Número de Resolución5/2000
Fecha de Resolución16 de Febrero de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Ciudad Real, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION PRIMERA

CIUDAD REAL

Rollo 49/99

P. Abreviado 140/97

Jdo 1ª Inst e Instr. Ciudad Real 1

R/B.

SENTENCIA Nº 5/2.000

ILTMOS. SEÑORES:

Presidente:

D. JOSE MARIA TORRES FERNANDEZ DE SEVILLA

Magistrados:

D. CESAREO DURO VENTURA

D. LUIS CASERO LINARES

En Ciudad Real, a dieciséis de febrero del año dos mil.

La sección PRIMERA de la Audiencia Provincial de Ciudad Real, integrada por los Iltmos. Señores anotados al margen, ha visto en Juicio Oral y público la causa instruida con el número 140/97 del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 1 de Ciudad Real y seguida por el delito de Robo, atentado agente de la autoridad, contra Serafin, de nacionalidad española, con DNI NUM004 nacido en Ciudad Real, el 3-9-1.979, hijo de Agapito y de María Angela con domicilio en la CALLE002 nº NUM005 de Ciudad Real, insolvente, sin antecedentes penales y en situación de libertad provisional por esta causa y seguida por el delito de Robo, atentado agente de la autoridad, contra Rosendo, de nacionalidad española, con DNI NUM006 nacido en Ciudad Real, el 12-5-1.980, hijo de Telesforo y de María Fernanda con domicilio en la CALLE003 nº NUM007 de Ciudad Real, insolvente, sin antecedentes penales y en situación de libertad provisional por esta causa y seguida por el delito de Robo, atentado agente de la autoridad, contra Leonardo, de nacionalidad española, nacido en Ciudad Real, el 12-10 1.980, hijo de Esteban y de Francisca con domicilio en la CALLE003 nº NUM008 de Ciudad Real, insolvente, sin antecedentes penales y en situación de libertad provisional por esta causa. Han sido partes en el proceso, el Ministerio Fiscal, como acusación particular el Abogado del Estado, y Dª. Verónica, representada por la Procuradora D. María Luisa Ruiz Villa y defendida por el letrado D. Joaquín Espinosa Llamas y como responsable civil el Consorcio de Compensación de Seguros, defendido por el Letrado D. Jesús García Minguillan y los mencionados acusados, representados por la Procuradora Dª. Carmen D. García Motos y defendidos por los Letrados Dª. Angela Mª. Palomares, D. Juan Hervas Moreno y Dª. Georgina Cupido en este orden.

Ha sido ponente el Iltmo. Señor Presidente D. JOSE MARIA TORRES FERNANDEZ DE SEVILLA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En sesión que tuvo lugar el día 12 de febrero pasado, se celebró ante este Tribunal juicio oral y público en la causa instruida con el número 140/97, del Juzgado de Instrucción nº 1 de Ciudad Real practicándose en el mismo las pruebas propuestas por las partes que habían sido admitidas.

SEGUNDO

El Ministerio Fiscal en sus conclusiones definitivas, modifica las provisionales en el sentido de escrito que presenta.

TERCERO

El Abogado del Estado en el mismo trámite, modifica en el mismo sentido del Ministerio Fiscal y las demás a definitivas.

CUARTO

La acusación particular de Verónica, modifica sus conclusiones provisionales en el mismo sentido que el Ministerio Fiscal y subsidiariamente según escrito que presenta.

QUINTO

La defensa del acusado Serafin en igual trámite, elevó a definitivas sus conclusiones provisionales.

SEXTO

La defensa del acusado Rosendo en igual trámite elevó a definitivas sus conclusiones provisionales.

SEPTIMO

La defensa del acusado Leonardo en igual trámite, modificó sus conclusiones provisionales en el sentido en que consta en el acta de la vista oral.

HECHOS PROBADOS

Por unanimidad, declaramos expresamente probados los siguientes hechos:

PRIMERO

El día 15 de abril de 1.997, sobre las 17,30 horas, personas no identificadas accedieron al turismo Fiat Uno, matrícula F-....-AQ, - cuyo exacto valor no consta pero que notoriamente supera las

50.000 ptas.-, cuya propietaria, Doña Verónica, había dejado aparcado, con las puertas cerradas, en la Avenida de la Universidad de Ciudad Real.

Dicho turismo fue identificado, no así sus ocupantes, en la C/ Manzanares de Daimiel, sobre las 19,30 horas, cuando alguno de éstos, desde el lado derecho del turismo, dio un fuerte tirón a la cartera de mano que portaba Doña Daniela -Portugués, consiguiendo arrebatársela, y produciendo por efecto del tirón, que ésta perdiera el equilibrio, diera un traspiés con el bordillo de la acera, y quedara apoyada con la mano y rodilla derecha en el suelo.

A consecuencia de ello, Doña Daniela además de sufrir la perdida de la cartera y de las 5.700 ptas. que contenía, resultó con lesiones consistentes en impotencia funcional del brazo izquierdo y contusión en rodilla derecha, que necesitó tratamiento médico consistente en administración de calmantes, antiinflamatorios e inmovilización, curando a los treinta días, durante los que estuvo impedida para sus ocupaciones habituales, manifestándose, a consecuencia del traumatismo, una lesión de menisco, sin que se pueda determinar si esa lesión es debida al traumatismo o a una patología anterior.

Tomada la matricula del vehículo por un peatón, y comunicada a la Guardia Civil de Daimiel, ésta a su vez pasó aviso a la Policía Nacional, la cual montó un dispositivo para detener el turismo, siendo avistado éste por el acceso a Ciudad Real desde la Carretera de Carrión de Calatrava, sobre las 20,10 horas, sin que los componentes de la patrulla policial lograran identificar a su conductor y ocupantes.

Al poco tiempo fue visto de nuevo, por otra patrulla policial compuesta por los Policías con registro personal NUM009 y NUM010, el vehículo en la rotonda de la entrada a Ciudad Real por la carretera de Puertollano, comenzando su persecución con el coche camuflado, Renault-19, matricula DF-....-I (con identificación oficial GHD-....-G ), usando el lanzadestellos y el señalizador acústico, prosiguiendo el Fiat Uno hacia la salida de la carretera de Piedrabuena, y allí en la rotonda existente, Serafin, conductor del Fiat-Uno, hizo un brusco viraje, conocido como trompo, produciéndose la colisión de la parte correspondiente a la puerta delantera de este vehículo con la esquina delantera derecha del coche policial, resultando éste con daños valorados en 99.559 ptas.

En el interior del Fiat-Uno, además del conductor, Serafin, viajaban Leonardo y Rosendo, todos los cuales habían accedido al vehículo, en momento cuya fijación exacta no consta, pero al menos inmediatamente antes de los hechos descritos en el anterior párrafo, con pleno conocimiento de no ser suyo y con el fin de utilizarlo transitoriamente, no constando que para el acceso al vehículo tuvieran que forzar algún elemento de seguridad o cierre.

Tras la colisión antes descrita, y conduciendo siempre Serafin, se dirigieron los acusados por la Ronda del Parque hasta llegar a la rotonda del Hotel Almanzor, lugar en el que accedieron, por dirección prohibida, hacia la Avenida de Pío XII.

Al vehículo policial DF-....-I se le unió en la persecución el radiopatrulla TWJ-....-U, sufriendo éste bloqueo de su dirección yendo a colisionar con una de las esquinas de la citada Avenida, perdiendo de vista al Fiat-Uno sus perseguidores. El vehículo TWJ-....-U sufrió, por tal motivo, daños valorados en 613.260 ptas.

El Fiat-Uno fue recuperado al día siguiente, 16 de abril, con daños, tasados en 234.482 ptas., que ha afrontado su propietaria, habiéndose reservado ésta el ejercicio de las acciones civiles correspondientes.

SEGUNDO

El día 16 de abril, sobre las 19,50 horas, las patrulla formada por los Policías con número de registro personal NUM011, NUM009 y NUM010, a bordo de un coche camuflado, avistan, en las inmediaciones del Centro Alcudia, sito en la carretera de Aldea del Rey, en Ciudad Real, el Seat-124 matrícula Q-....-QT, carente de todo tipo de seguro, cuya titularidad no consta, pero que habitualmente era poseído por Leonardo, y que en esta ocasión iba ocupado por éste, como conductor, por Rosendo, como ocupante del asiento delantero derecho y por un menor de doce años, que viajaba en los asientos traseros.

La dotación policial se acercó al Seat-124 para detener a Leonardo y Rosendo por los hechos ocurridos en el día anterior, iniciando éstos una veloz huida, perseguidos por el coche policial, que accionó las señales acústicas y luminosas de que está dotado.

Los acusados se internaron por la Avenida de los Descubrimientos, para pasar, conduciendo en todo el desarrollo de los hechos Leonardo, al Parque de los Descubrimientos, cuyo recinto en su totalidad está cerrado al tráfico de vehículos, en cuyo Parque, un Vigilante Jurado, D. Javier, procedió a avisar a la gente que allí se hallaba, ante el peligro que la alocada forma de conducir el Seat-124 representaba, tratando incluso de detenerlo, lo que no consiguió, pues Leonardo lanzó el coche a toda velocidad, teniendo el Vigilante que apartarse para evitar ser arrollado, lo que no evitó que le alcanzara el turismo en la rodilla y tobillo derecho, sufriendo lesiones de las que sanó, sin necesidad de tratamiento, a los tres días.

Tras abandonar el Parque, los acusados, perseguidos por el vehículo policial, accedieron al centro de la Ciudad por la Cl de la Mata, y la C/ Lanza, lugar en el que se hallaba una dotación de la Policía Local, formada por los Agentes NUM012 y NUM013, quienes tuvieron que despejar la calle de los numerosos peatones que por ella transitaban, por el peligro que representaba la circulación a alta velocidad del Seat-124, teniendo dichos peatones que arrimarse a las paredes de los edificios, haciendo el Seat-124 un brusco viraje hacia la C/ Cardenal Monescillo y la Cl Libertad, lugar en el que hubo de detenerse al estar parado otro automóvil que le impedía el paso, aprovechando ese momento el Policía Nacional número NUM010 para aproximarse al Seat con el fin de detener a sus ocupantes.

Así, el citado Agente, pasó un brazo por la ventanilla delantera derecha...

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