SAP Albacete 115/2000, 5 de Mayo de 2000
Ponente | EMIGDIO CANO MORENO |
ECLI | ES:APAB:2000:487 |
Número de Recurso | 327/1999 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 115/2000 |
Fecha de Resolución | 5 de Mayo de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Albacete, Sección 2ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION 2ª
ALBACETE
Rollo: MENOR CUANTIA 327/1999
Autos núm. 83/99
JUZGADO MIXTO NUM. 3 de Albacete
Ilmos. Sres. Magistrados:
Presidente:
Magistrados:
EMIGDIO CANO MORENO
FRANCISCO CAÑAMARES PABOLAZA
ANTONIO NEBOT DE LA CONCHA
SENTENCIA NUM. 115/00
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
En ALBACETE, a cinco de Mayo de dos mil .
VISTOS, ante esta Audiencia Provincial, en apelación admitida a la parte demandante, los autos de Juicio de menor cuantía, seguidos en el Juzgado Mixto núm. 3 de Albacete, a instancia de Esther, representado por el/la Procurador/a D/ÑA. ABELARDO LOPEZ RUIZ, y dirigido por el/la Letrado D/DÑA. Mª ÁNGELES FERNÁNDEZ CABALLERO, contra Rogelio Y Mariana, representado por el/la Procurador/a D/DÑA. LORENZO GOMEZ MONTEAGUDO, y dirigido por el Letrado D/DÑA. JESUS PORFIRIO TRILLO ACEPTANDO, los antecedentes de la sentencia apelada, cuya parte dispositiva dice así: "Que estimando la excepción de cosa juzgada opuesta por los demandados, debo desestimar como desestimo la demanda formulada por el Procurador D. Abelardo López Ruiz actuando en nombre y representación de Dª. Esther contra D. Rogelio y Dª. Mariana, imponiendo a la actora las costas causadas. Notifíquese esta sentencia a las partes, contra la que cabe interponer recurso de apelación en ambos efectos, en plazo de cinco días, para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Albacete."
La relacionada Sentencia de catorce de Septiembre de mil novecientos noventa y nueve, se recurrió en apelación por la parte demandante, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia, ante la que se personaron dentro del término del emplazamiento y en legal forma las partes litigantes y seguidos los demás trámites, se señaló día para la vista de la alzada, que tuvo lugar el día señalado con asistencia de las partes personadas, cuyos Letrados hicieron las alegaciones que a su derecho estimaron convenientes.-SEGUNDO.- Que en la sustanciación de los presentes autos, en ambas instancias se han observado las prescripciones legales excepto el plazo para dictar Sentencia por el Juzgado, por las razones que el mismo expresa.-VISTO, siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Presidente D. EMIGDIO CANO MORENO.-Aceptando los fundamentos jurídicos de la resolución impugnada, y, y
En el...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
ATC 14/2002, 11 de Febrero de 2002
...contra la Sentencia de 5 de mayo de 2000 de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Albacete, dictada en el rollo de apelación 327/99. Los hechos de los que trae causa la demanda pueden resumirse en los Doña Concepción Fos Mesenguer era titular de una finca registral urbana. A su m......