SAP Jaén 259/2000, 15 de Mayo de 2000
Ponente | JOSE REQUENA PAREDES |
ECLI | ES:APJ:2000:883 |
Número de Recurso | 534/1998 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 259/2000 |
Fecha de Resolución | 15 de Mayo de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Jaén, Sección 2ª |
SENTENCIA
Núm. 259
Iltmos. Sres.
Presidente
D. JOSE CALIZ COVALEDA
Magistrados
D. JOSE REQUENA PAREDES
D. JOSE ANTONIO CORDOBA GARCIA
En la ciudad de Jaén, a quince de Mayo del dos mil.
Vistos en grado de apelación, por la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio de Menor Cuantía seguidos en primera instancia con el número 2/98 por el Juzgado de Primera Instancia n° dos de Linares, rollo de apelación de esta Audiencia número 534/98, a instancia de CONSTRUCCIONES VEGUE MONTIEL S.L. representada ante este Tribunal, como apelante por el Procurador Sr. Jiménez Cózar y defendida por el Letrado Sr. Olmedo Moreno, contra MABFRE SEGUROS GENERALES S.A. representada ante este Tribunal, corno apelada, por la Procuradora Sra. Marin Hortelano y defendida por el Letrado Sr. Chacón Jiménez.
ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia n° dos de Linares con fecha treinta y uno de Julio de mil novecientos noventa y ocho .
Por dicho Juzgado y en la fecha indicada se dictó Sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por DON JOSE MARIA VILLANUEVA FERNANDEZ, en nombre y representación de CONSTRUCCIONES VEGUE MONTIEL, S.L., contra MAPFRE SEGUROS GENERALES, S.A., que actuó representada por el procurador de los tribunales DON ALFONSO JOSE RODRIGUEZ CANO, absuelvo a la demandada de todos los pedimentos de la demanda, con condena en costas a la parte actora".
Contra dicha Sentencia se interpuso por la actora, en tiempo y forma, recurso de apelación que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia n° dos de Linares, que acordó la remisión de los autos a esta Audiencia, previo emplazamiento de las partes, para comparecer ante la misma.
Recibidos los autos en este Tribunal, se acordó la formación del correspondiente rollo, que se registrara el mismo, y habiéndose personado en forma y tiempo oportuno las partes, convenientemente instruidas por su orden, así como el Magistrado Ponente, se acordó tuviera lugar la vista el día 10 de Mayo del 2.000, cuyo día comparecieron las partes ante este Tribunal, solicitando el apelante la revocación de la Sentencia apelada, dictándose otra de acuerdo con los pedimentos de su demanda, con imposición de costas a la otra parte, y por el apelado se solicita la confirmación de la Sentencia recurrida, con imposición de costas a la parte contraria.
En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.
Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. JOSE REQUENA PAREDES .
ACEPTANDO los Fundamentos de Derecho de la resolución impugnada.
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