STSJ Comunidad de Madrid 1335/2000, 17 de Noviembre de 2000

PonenteJOSE IGNACIO VALENZUELA POBLACIONES
ECLIES:TSJM:2000:16959
Número de Recurso22909/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución1335/2000
Fecha de Resolución17 de Noviembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

GRUPO DE APOYO

Sentencia num.- 1335

Recurso núm. 22.909/99

Iltmo. Sr. Magistrado

Don. José Ignacio Valenzuela Poblaciones

En Madrid a diecisiete de noviembre del año dos mil.

Vistos por el Iltmo. Sr. Magistrado del margen, de esta Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, los autos del recurso contencioso-administrativo núm. 22.909/99, interpuesto por el Letrado Dª. Carmela, en su propio nombre y representación, contra la resolución del Ayuntamiento de Madrid de 5.11.97, expediente NUM000, sobre sanción por infracción de Tráfico, que confirma resolución anterior de 29-8.97, habiendo sido parte la Administración demandada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que previos los trámites oportunos, la parte recurrente formalizó su demanda mediante escrito 25.5.00, presentado en el Registro General de este Iltmo. Tribunal, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró oportunos, concluyó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada.

SEGUNDO

Que asimismo se confirió traslado a la representación de la parte demandada para contestación a la demanda, lo que se verificó por escrito de fecha 23.6.00, en que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida.

TERCERO

Que no habiéndose solicitado el recibimiento del presente recurso a prueba, se declara respectivamente, el cierre del período probatorio, sin estimarse precisa la celebración de vista pública, confiriendo traslado a las partes para que formule sus escritos de conclusiones en el plazo de quince días, trámite cumplido en fecha 5.7.00 y 19.7.00, señalándose tras ello fecha para la votación y fallo.

Siendo Magistrado Ponente el Iltmo. Sr. D. José Ignacio Valenzuela Poblaciones, en virtud de lo establecido en la Disposición Transitoria Única, punto 2, de la Ley 6/1998, de 13 de julio, de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto del presente recurso consiste en determinar si esta Sección debe o no anular la resolución del Ayuntamiento de Madrid de 5.11.97, expediente NUM000, sobre sanción por infracción de Tráfico, que confirma resolución anterior de 29-8.97.

SEGUNDO

Dña. Carmela, titular del vehículo Q-...., cometió la infracción de incumplimiento de la obligación de identificar en tiempo y forma al conductor responsable, lo que ocurrió en fecha 24.01.97, a la hora 18/11, en la Plaza Santa Barbara 9, infringiendo con ello el precepto art. 72 LSV., lo que determina una sanción de 50.000 pesetas.

TERCERO

Que el citado expediente culminó en la resolución sancionatoria citada antes, contra la que la actora formuló el presente recurso el 13.1.98 en el que expone que hay vulneración del principio de legalidad recogido en el artículo 25.1 de la Constitución; en relación con lo preceptuado en el artículo 62.1) de la Ley 30/92 de 26 de noviembre ya que Dª. Carmela, procedió en tiempo y...

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