SAP Navarra 187/2002, 18 de Noviembre de 2002

PonenteRICARDO JAVIER GONZALEZ GONZALEZ
ECLIES:APNA:2002:1048
Número de Recurso294/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución187/2002
Fecha de Resolución18 de Noviembre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Navarra, Sección 2ª

Rollo Civil Núm. 294/01

S E N T E N C I A Núm.187/02

Ilmo. Sr. Presidente:

DON JOSÉ FRANCISCO COBO SAENZ

Ilmos. Sres. Magistrados:

DON FRANCISCO JOSÉ GOYENA SALGADO

DON RICARDO GONZALEZ GONZALEZ

En Pamplona, a dieciocho de noviembre del año 2002.

  1. ENCABEZAMIENTO:

Vistos ante la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra, constituida por los Ilmos. Sres Magistrados que al margen se expresan en grado de apelación el presente rollo civil núm. 294/91, en virtud de del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada, el 1 de septiembre de 2001, por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Aoiz, en los autos de juicio de Menor Cuantía nº 310/99, siendo partes: APELANTE, la demandante Dª Alejandra, representada por el Procurador de los Tribunales Sr. D. Anselmo Irigaray Piñeiro y asistido del letrado Sr. D. José Lecumberri Jimenez; APELADA la demandada Ayuntamiento de Isaba, representada por el Procurador Sr. D. Enrique Castellano Vizcay y asistido del letrado Sr. D. Luis Irisarri Nagore.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. RICARDO GONZALEZ GONZALEZ

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se admiten los de la sentencia de instancia.

SEGUNDO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Aoiz se dictó Sentencia de fecha 1 de septiembre de 2001 en los autos de juicio de Menor Cuantía nº 310/99, cuyo fallo es del siguiente tenor literal: "Desestimando íntegramente la demanda interpuesta por Alejandra representada por el procurador Sr. Irigaray contra AYUNTAMIENTO DE ISABA, representada por el Procurador Sr. Castellano absuelvo a la entidad demandada de todos los pedimentos contenidos en su contra, con condena en costas a la parte actora.".

TERCERO

Contra dicha Sentencia, la parte demandante presentó escrito de preparación del recurso de apelación, y dentro del término de emplazamiento, escrito de interposición del recurso de apelación, del que se dio traslado a la parte demandada quien, dentro del termino de emplazamiento, presentó escrito de oposición. Seguidamente se remitieron los autos a esta Sala donde se formó el presente Rollo de Apelación, se designó Ponente y se señaló día para la deliberación y fallo del recurso. CUARTO.- En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales excepto el plazo para dictar sentencia por acumulación de asuntos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan los Fundamentos de Derecho de la Sentencia apelada.

SEGUNDO

Ejercitada por la parte actora una acción reivindicatoria, al amparo de lo dispuesto en el art. 348 del Código Civil, respecto de la plazoleta empedrada existente delante de la casa nº 6 de la Calle de Garagardoya, la sentencia de Primera Instancia, después de reconocer que no existe duda alguna respecto a identidad de la cosa reivindicada y que, asimismo, se da una situación de posesión de dicha plazoleta por parte del Ayuntamiento demandado, desestima la demanda al haber apreciado a favor de dicho ayuntamiento la usucapión "contra tabulas" que este último alegó por vía de excepción en el escrito de contestación a la demanda, al estimar que concurren todos los requisitos necesarios de la prescripción extraordinaria prevista en la Ley 357 del Fuero Nuevo.

TERCERO

Aun cuando el recurso de apelación, en cuanto ordinario que es, transfiere plena jurisdicción al órgano superior para volver a conocer del asunto planteado y debatido en Primera Instancia, lo que permite a este Tribunal un nuevo examen de la prueba practicada, la parte apelante no ha aportado dato objetivo alguno del que se desprenda error en la valoración efectuada por el juzgador de Primera Instancia, sino que trata de sustituir el criterio imparcial y objetivo de aquel por el suyo propio, subjetivo y parcial, por lo que nos remitimos, dándolo por expresamente reproducido, al análisis de la prueba...

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