SAP Segovia 123/2003, 24 de Diciembre de 2003

PonenteLUIS BRUALLA SANTOS-FUNCIA
ECLIES:APSG:2003:483
Número de Recurso133/2003
ProcedimientoPENAL - APELACION DE JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución123/2003
Fecha de Resolución24 de Diciembre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Segovia, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEGOVIA, Sección Única

SENTENCIA Nº 123 / 2003

PENAL

Rollo de Apelación Nº 133/03

Juicio de Faltas Nº 225/03

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción

Nº 4 de SEGOVIA

En la ciudad de Segovia a veinticuatro de Diciembre de dos mil tres.

El Ilustrísimo señor don Luis Brualla Santos Funcia, Magistrado de la Audiencia Provincial de Segovia, Ponente para este Rollo de Apelación en sustitución de la Magistrada Ponente doña María José Villalaín Ruiz, por licencia por enfermedad, ha visto en grado de apelación, los autos de Juicio de Faltas Nº 225/03, del Juzgado de Instrucción Nº 4 de Segovia, contra el orden público, en el que consta como recurrente doña Daniela asistido de la Letrada doña Eva Martín Peñas, y como recurrido el POLICÍA MUNICIPAL Nº NUM000 de Segovia, asistido del Letrado don José Luis Blasco Torres, habiendo sido notificado el MINISTERIO FISCAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Instrucción, en el procedimiento de que dimana el presente rollo, dictó sentencia con fecha 10 de Octubre de 2003, cuyo supuesto de HECHOS PROBADOS, es como sigue: ÚNICO.- "Sobre las 11,30 horas del día 7.8.2003 el Policía Local de Segovia Nº NUM000 se encontraba prestando sus servicios, debidamente uniformado, en la confluencia de las calle Ezequiel González y Fernández Ladreda. Concretamente se encontraba tratando de que fueran retirados unos vehículos que estaban mal estacionados, momento en el que se acercó a él la denunciada mayor de edad Daniela y le dijo "cabrones". El Policía Local le preguntó a la denunciada "cabrones quién", a lo que la denunciada contestó "tu", añadiendo "a mi no me habéis dejado aparcar aquí y a estos si". Momentos antes la Policía Local le había impedido a la denunciada estacionar con su vehículo en ese lugar. El Policía Local Nº NUM000 solicitó a la denunciada que se identificara, negándose a hacerlo la denunciada alegando que ella no era ninguna delincuente. Esto motivó que el Agente siguiera a la denunciada por varias calles de la ciudad hasta que, ayudado por el Agente de Policía Local Nº NUM001 y convencida por una hermana de la denunciada, ésta se identificó mediante la exhibición de su documento nacional de identidad."

SEGUNDO

La expresada sentencia, en su parte dispositiva, dice así: "FALLO.- Que debo condenar y condeno a Daniela como autora de una falta contra el orden público a la pena de multa de diez días, a razón de una cuota diaria de seis euros (en total, 60 #uros de multa), que será satisfecha en la forma que se dispone en el Fundamento de Derecho Segundo de esta resolución, con la responsabilidad personal subsidiaria allí establecida para caso de impago, con expresa imposición al condenado de las costas causadas." TERCERO.- Notificada la mencionada sentencia, contra la misma se formalizó recurso de apelación por doña Daniela, la que fue tenida por interpuesta, dándose traslado de la misma a las otras partes, presentando escrito de impugnación el POLICÍA LOCAL Nº NUM000 de Segovia.

CUARTO

Recibidos los autos en este Tribunal, registrados y formado rollo, se pasaron las actuaciones al Magistrado Ponente para dictar la...

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