SAP Sevilla 104/2004, 27 de Febrero de 2004
Ponente | VICTOR JESUS NIETO MATAS |
ECLI | ES:APSE:2004:831 |
Número de Recurso | 7113/2003 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 104/2004 |
Fecha de Resolución | 27 de Febrero de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Sevilla, Sección 2ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL SEVILLA
Sección Segunda
REFERENCIA:
JUZGADO DE PROCEDENCIA: 1ª Instan. núm. 3 de Sevilla
ROLLO DE APELACIÓN Nº 7.113/03-B
JUICIO Nº 47/03
S E N T E N C I A Nº 104
MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.
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RAFAEL MARQUEZ ROMERO
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VICTOR NIETO MATAS
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D. CARLOS PIÑOL RODRIGUEZ
En la Ciudad de SEVILLA a, Veintisiete de Febrero de Dos Mil Cuatro
Visto, por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de SEVILLA, juicio Ordinario, procedente del Juzgado de Primera Instancia referenciado, donde se ha tramitado a instancia de CONTROL URBANISTICO, S.L. y DE. Augusto, que en el recurso son parte apelada, representados por la Procuradora Sra. Vila Cañas contra INVERSORES VARIOS, S.A., que en el recurso es parte apelante, representada por el Procurador Sr. Gordillo Cañas.
El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 1 de Julio de 2.003, en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que estimando la demanda formulada por el Procurador Sra. Vila Cañas en nombre de Control Urbanístico y de D. Augusto contra Inversores Varios, S.A., declaro que el contrato de compravente de los relojes contenido en el adendum de 6 de febrero de 2.001 es nulo por simulación relativa, declarándose igualemnte nulo el pacto de retransmisión contenido en el adendum y se declara válido el contrato disimuladode grantía al contener una causa v erdadera y lícita, condenando a la entidad demandada a la devolución de los relojes entregados a lolos demandados en garantía de su obligación, con imposicón de las costas procesales a la entidad demandada."
Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, se emplazaron a las partes y se elevaron los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. Tras la votación y fallo quedó el recurso visto para sentencia.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales. Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. VICTOR NIETO MATAS quien expresa el parecer del Tribunal.
El tenor literal del denominado por las partes ADENDUM no deja lugar a dudas respecto a que las partes pactaron un aumento de la indemnización por cuantía de diez millones de pesetas y que para el pago de esos...
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