SAP Zaragoza 196/2009, 31 de Marzo de 2009
Ponente | JULIAN CARLOS ARQUE BESCOS |
ECLI | ES:APZ:2009:964 |
Número de Recurso | 1/2009 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 196/2009 |
Fecha de Resolución | 31 de Marzo de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza, Sección 2ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
ZARAGOZA
SENTENCIA: 00196/2009
SENTENCIA NÚMERO 196-09
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
Ilmos. Señores:
Presidente:
D. JULIAN CARLOS ARQUÉ BESCÓS
Magistrados:
D. FRANCISCO ACIN GARÓS
Dª MARIA ELIA MATA ALBERT
En ZARAGOZA, a treinta y uno de Marzo de dos mil nueve.
VISTO por la Sección 002 de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, en grado de apelación, los Autos de DIVORCIO CONTENCIOSO 0000160 /2008, procedentes del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de EJEA DE LOS CABALLEROS, a los que ha correspondido el ROLLO DE APELACIÓN nº 1/2009, en los que aparece como parte apelante D. Eva María representado por el procurador D. ROBERTO POZO PARADIS, y asistido por el Letrado D. CRISTINA MARTINEZ SANCHEZ, y como apelado D. Jose Antonio representado por el procurador D. INMACULADA ISIEGAS GERNER, y asistido por el Letrado D. DAVID ARBUES AISA; en cuyos autos en fecha 24 de Septiembre de 2008 recayó sentencia que estimaba la demanda.
Se aceptan los que figuran en la Sentencia apelada, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: Estimar la demanda interpuesta por D. Jose Antonio contra Dª Eva María, y en consecuencia declaro disuelto por divorcio el matrimonio de ambos y declaro el cese desde la fecha de esta la resolución de la obligación del actor de prestar alimentos a su hija Estefanía establecida en el procedimiento de Separación de Mutuo Acuerdo 37/05 por resolución de 24 de febrero de 2005 sin hacer especial pronunciamiento en relación a las costas".
Contra dicha Sentencia, la parte demandada presentó escrito de preparación del recurso de apelación, y dentro del término de emplazamiento, escrito de interposición del recurso de apelación, del que se dio traslado a la parte demandante presentando dentro del término de emplazamiento escrito de oposición. Seguidamente se remitieron los autos a esta Sala para la resolución de la apelación.
No habiéndose aportado nuevos documentos, ni propuesto prueba, ni considerándose necesaria la celebración de Vista, se señaló para deliberación y votación el día 24 de Marzo de 2009.
Que en la tramitación de la apelación se han observado todas las prescripciones legales.
Habiendo sido ponente en esta apelación el Ilmo. Sr. Magistrado D. JULIAN CARLOS ARQUÉ BESCÓS.
En el presente procedimiento sobre Divorcio (Art. 770 de la LEC ) la sentencia recaída en 1ª Instancia es objeto de recurso por la representación de la demandada (Sra. Eva María ) considerando en su recurso (Art. 458 LEC ) que no procede suprimir la pensión alimenticia a favor de la hija común.
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STSJ Aragón 8/2009, 2 de Septiembre de 2009
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