STSJ Comunidad Valenciana 80/2010, 3 de Febrero de 2010
Ponente | LUIS MANGLANO SADA |
ECLI | ES:TSJCV:2010:494 |
Número de Recurso | 3761/2007/ |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 80/2010 |
Fecha de Resolución | 3 de Febrero de 2010 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
80/2010
T.S.J.C.V.
Sala Contencioso Administrativo
Sección Tercera
R. 3761/07
SENTENCIA Nº 80/2010
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD
VALENCIANA
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
Sección Tercera
Iltmos. Srs.:
Presidente:
D. JUAN LUIS LORENTE ALMIÑANA.
Magistrados:
D. LUIS MANGLANO SADA.
D. RAFAEL PÉREZ NIETO.
_________________________
En la Ciudad de Valencia, a 3 de febrero de dos mil diez.
VISTO por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso-administrativo nº 3761/07, interpuesto por D. Raimundo, representado por la Procuradora Dª. Purificación Giner López, contra el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Valencia, habiendo sido parte en autos la Administración demandada, representada por el Abogado del Estado.
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte recurrente para que formalizara la demanda, lo que realizó mediante escrito en que solicitó se dictase sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución recurrida.
La representación de la parte demandada contestó a la demanda, mediante escrito en el que solicitó se dictara sentencia por la que se confirmara la resolución recurrida.
Habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplazó a las partes para que practicaran el trámite de conclusiones y, realizado, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.
Se señaló la votación y fallo para el día 2 de febrero de dos mil diez, teniendo así lugar.
En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.
VISTOS: Los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. LUIS MANGLANO SADA.
El presente recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto por D. Raimundo, representado por la Procuradora Dª. Purificación Giner López, contra la resolución de 28-9-2007 del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Valencia, desestimatoria de las reclamaciones formuladas contra dos liquidaciones practicadas por la Inspección Regional de Valencia de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en concepto de IVA e IRPF de los ejercicios 2000 y 2001, por unos respectivos importes de 42.074,20 y 69.384,79 euros.
Del expediente administrativo y de la prueba practicada en este proceso se desprende que la Inspección tributaria levantó dos actas de disconformidad de 27-5-2004, por las que se regularizó la situación tribuataria del actor, incluyéndolo en el epígrafe del IAE 501.2 ("Construcción completa, reparación y conservación de obras civiles") en lugar del aplicado 501.3 "Albañilería y pequeños trabajos de construcción en general") en esos ejercicios de 2000 y 2001, en los que aplicó el sistema objetivo de módulos para el IRPF y el del régimen simplificado a efectos del IVA, procediendo a liquidar los citados tributos en esos dos ejercicios por el sistema de estimación indirecta, liquidando una deuda tributaria de 42.074,20 (IVA) y de 69.384,79 euros (IRPF).
La demanda impugna la actuación adminsitrativa y solicita su anulación por considerar que la actividad era la de pequeños trabajos de albañilería y no el de obras civiles, siendo correcto el epígrafe del IAE declarado (501.3).
El...
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...a efectos del régimen de tributación de IVA e IRPF, procederá estimar el recurso contencioso-administrativo. ")..( STSJ Comunidad Valenciana de 3 de febrero de 2010 ) En definitiva, aunque aparentemente pudieran haber una divergencia interpretativa sobre el alcance de los epígrafes del IAE ......