STSJ Asturias 687/1996, 1 de Marzo de 1996

PonenteJOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ
Número de Recurso2465/1995
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución687/1996
Fecha de Resolución 1 de Marzo de 1996
EmisorSala de lo Social

FRANCISCO JAVIER GARCIA GONZALEZCARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZJOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ

Rollo nº 2/2465/95

Autos nº 409/95

Gijón nº 1

Sentencia nº 687/96

Ilmo. Sr. D. Francisco Javier García González

Presidente

Ilma. Sra. Dª Carmen Hilda González González

Ilmo. Sr. D. José Alejandro Criado Fernández

En Oviedo a uno de marzo de mil novecientos noventa y seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por Dª Maribel, contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 1 de Gijón, ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. José Alejandro Criado Fernández.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por Dª Maribel, ante el Juzgado de lo Social nº 1 de Gijón en reclamación de prestaciones desempleo siendo demandado el Instituto Nacional de Empleo, y celebrado el acto del juicio oral por el mencionado Juzgado de lo Social, se dictó sentencia de fecha 9 de junio de 1995 , por la que se desestimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - La actora Dª Maribel, cuyas circunstancias personales constan en el encabezamiento de la demanda, solicitó ante el INEM, tras extinguirse su contrato de trabajo el 14 de octubre de 1994, la prestación contributiva de desempleo que le fue denegada por resolución de 5 de diciembre de 1994 por incompatibilidad con el trabajo por cuenta propia o ajena.

  2. - Formulada reclamación previa fue desestimada por resolución de 30 de marzo de 1995.

  3. - La demandante es titular de una licencia municipal de autotaxi, prestando servicios para ella como trabajadora por cuenta ajena D. Luis desde 31 10 de mayo de 1990, figurando de alta por actividades empresariales así como en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, siendo impugnado, de contrario.

Elevados los autos a esta Sala, se dispuso el pase a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- El Instituto Nacional de Empleo en resolución de 8 de diciembre de 1994 acuerda denegar a la actora su solicitud de prestación por desempleo por incompatibilidad con el trabajo por estar de alta en el Régimen de Autónomos; la actora formula demanda contra el Instituto Nacional de Empleo previo agotamiento de la vía administrativa previa y el Juzgado de lo Social nº 1 de Gijón dicta sentencia desestimatoria con absolución del organismo demandado y frente a esta resolución judicial la demandante interpone recurso de suplicación formalizando un primer apartado sobre el examen y revisión de los hechos declarados probados en la sentencia impugnada y a tal efecto se solicita la modificación del ordinal tercero del relato fáctico con el fin de que se haga constar que la recurrente contrajo matrimonio con Agustín el 28 de septiembre de 1966 de cuyo matrimonio nació el 28 de mayo de 1973 un hijo llamado Oscar, habiendo fallecido su esposo el 25 de abril de 1982, fecha en la que referido hijo del matrimonio era menor de edad, este pedimento revisorio debe alcanzar éxito por...

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