SAP Alicante 8/2010, 11 de Enero de 2010

PonenteMARIA DOLORES LOPEZ GARRE
ECLIES:APA:2010:423
Número de Recurso633/2009
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución8/2010
Fecha de Resolución11 de Enero de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 6ª

En la Ciudad de Alicante a once de Enero del año dos mil diez.

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de esta Ciudad de Alicante, integrada por los Iltmos. Srs.

expresados al margen ha visto, en grado de apelación, Rollo de la Sala nº 633-09 los autos de juicio verbal nº 42-06 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº 9 de la ciudad de Alicante en virtud del recurso de apelación entablado por la parte actora Don Romualdo que ha intervenido en esta alzada en su condición de recurrente, representado por la Procuradora Señora Gallego Arias y defendidos por el Letrado Señor Martínez Rumbo y siendo apelado la parte demandada Doña Tamara representado por la Procuradora Señora Ruiz Martínez y defendidos por la Letrada Doña Inmaculada Puig Llorca. Con intervención del Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHOS.

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 9 de la Ciudad de Alicante y en los autos de Juicio verbal nº 42-06 en fecha 10-7-08 se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO.-Que estimando la demanda interpuesta por D. Romualdo contra los HEREDEDROS DE Jesús Carlos ( Tamara y los hijos del difunto Argimiro , Braulio Y Carlos debo: 1.-DECLARAR Y DECLARO que Romualdo nacido en Cádiz el 10-9-49 inscrito al Tomo NUM000 - NUM001 página NUM002 de la Sección 1º del Registro Civil de Cádiz es hijo no matrimonial de D. Jesús Carlos con los efectos legales inherentes, pasando a ostentar como primer apellido el de Ceferino y como segundo el de Darío .

Librense los oficios necesarios al Registro Civil de Cádiz. 2.-CONDENAR Y CONDENO a los demandados a estar y pasar por estos pronunciamientos; Todo ello sin que proceda hacer especial pronunciamiento sobre las costas causadas".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación en tiempo y forma por la representación de la parte siendo tramitado conforme a lo dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil , con traslado del mismo a la parte por término de diez días, remitiéndose las actuaciones seguidamente a esta Iltma. Audiencia Provincial, Sección Sexta, donde se formó el correspondiente rollo de apelación nº 633-09.

TERCERO

En la sustanciación de esta causa se han observado todas las prescripciones legales, señalándose para votación y fallo el día 11-1-10 y siendo ponente la Iltma. Sra. Doña Maria Dolores López Garre.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Impugna la parte actora Don Romualdo la sentencia de...

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