SAP Valencia 113/2002, 23 de Abril de 2002

PonenteDOMINGO BOSCA PEREZ
ECLIES:APV:2002:2143
Número de Recurso97/2002
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución113/2002
Fecha de Resolución23 de Abril de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 5ª

SENTENCIA N° 113/2002

En la ciudad de Valencia, a veintitrés de abril de 2002.

Domingo Boscá Pérez, Presidente de la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial de Valencia, constituido en tribunal unipersonal, ha visto el presente recurso de apelación admitido en ambos efectos contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción n° 2 de Moncada en el asunto de la referencia.

Han sido partes en el recurso, como apelante, el condenado don Ángel , y como apelados la denunciante doña Flora y el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida declaró probados los hechos siguientes: Ha resultado probado y así se declara expresa y terminantemente que el día 26 de febrero de 2001, Ángel , agredió a Flora cuando ésta le recriminó que estuviera dando patadas a su perro "Barry", cogiéndola por el cuello, alzándola en vilo y golpeándola contra una furgoneta, lo que le causó lesiones consistentes en esguince cervical, cefalohematoma occipital, policontusiones y traumatismo cráneo encefálico grado 0, que tardaron 14 días en curar.

SEGUNDO

El fallo de dicha sentencia literalmente dice: Que debo condenar y condeno a Ángel en concepto de autor de una falta de lesiones del artículo 617.1 del Código Penal a la pena de un mes de multa con cuota diaria de mil pesetas, con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un día por cada dos cuotas diarias no satisfechas. Asimismo le condeno a abonar a Flora la cantidad de cuarenta y dos mil pesetas en concepto de responsabilidad civil.

Que debo absolver y absuelvo a Ángel de la falta de daños indicada, con todos los pronunciamientos favorables.

Se condena a Ángel al pago de la 1/2 de las costas procesales causadas.

TERCERO

Notificada dicha sentencia a las partes, por el condenado se interpuso contra la misma recurso de apelación, que sustancialmente fundó en error en la valoración de la prueba y en la determinación de las responsabilidades civiles.

Dado del escrito de apelación traslado a las demás partes para alegaciones, las impugnaron la denunciante y el Ministerio Fiscal. Tras ello se elevaron los autos a esta Audiencia y oficina del reparto, que los turnó al que resuelve y Secretaría correspondiente, habiendo quedado vistos para sentencia en el día dehoy.

CUARTO

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