SAP Cantabria 66/2001, 31 de Julio de 2001

PonenteJOAQUIN TAFUR LOPEZ DE LEMUS
ECLIES:APS:2001:2132
Número de Recurso59/2001
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución66/2001
Fecha de Resolución31 de Julio de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Cantabria, Sección 4ª

SENTENCIA NUM. 66/01

Ilmo. Sr. Presidente

Don. Joaquín Tafur López de Lemus

Ilmos. Srs. Magistrados

Don Eduardo Saiz Leñero

Don Ignacio Mateos Espeso.

En la Ciudad de Santander, a treinta y uno de Julio de dos mil uno.

Este Tribunal de la Sección Cuarta de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria, ha visto en grado de apelación el Procedimiento Abreviado núm. 185/00 del Juzgado de lo Penal núm. DOS de Santander, Rollo de Sala de 59/01

Ha sido parte apelante en éste recurso Pedro Jesús representado por la Procuradora Sra. Soledad Martínez Castanedo y defendido por el Letrado D. Carlos Umbría Saiz.

Es ponente de ésta resolución EL ILMO. SR. MAGISTRADO D. Joaquín Tafur López de Lemus en sustitución de la ILMA. SRA. PRESIDENTA Dª. MARIA JOSE ARROYO GARCIA en periodo vacacional.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En la causa de que este Rollo dimana, el Juzgado de lo Penal reseñado dictó Sentencia, con fecha 17 de Julio de 2000, cuyo Fallo es del siguiente tenor literal: "Que debo condenar y condeno al acusado Pedro Jesús como autor responsable de un delito de ROBO CON FUERZA, en grado de tentativa y concurriendo la atenuante de minoría de edad, a la pena de DOS MESES (2 meses) de prisión que, de ser ejecutada deberá sustituirse conforme al art. 71.2 C.P., así como al pago de las costas causadas en este procedimiento que resultaren de legítimo abono. Indemnización al perjudicado Jesús Carlos en 800 ptas por los daños causados en el ciclomotor.

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia, la representación de Pedro Jesús interpuso en tiempo y forma recurso de apelación. Admitido a trámite por el Juzgado de lo Penal, y dado traslado del recurso a las demás partes, el Juzgado elevó la causa a la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria, que lo turnó a esta Sección.

HECHOS PROBADOSSe aceptan los de la Sentencia de Instancia, que se reproducen en este apartado.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Dos son los motivos de recurso que articula el apelante, ninguno de los cuales puede prosperar. El primero, que denuncia error en al valoración de la prueba, porque, como acertadamente se dice en la sentencia recurrida, existe suficiente prueba de cargo contra el acusado, en este caso el testimonio incriminatorio prestado por el testigo Sergio . Tiene declarado el Tribunal Constitucional (cfr., entre otras, sentencias 343/1987, de 18 de marzo; y 98/1990, de 24 de mayo) que las declaraciones de los encausados por su participación en los mismos hechos no está prohibida por la ...

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