STSJ Comunidad Valenciana 238/2009, 23 de Julio de 2009

PonenteJOSE DE BELLMONT Y MORA
ECLIES:TSJCV:2009:7536
Número de Recurso343/2009/
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución238/2009
Fecha de Resolución23 de Julio de 2009
EmisorSala de lo Contencioso

238/2009

T.S.J.C.V.

Sala Contencioso Administrativo

Sección Quinta

Asunto nº " Rollo 343-09 "

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD

VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO

SECCIÓN QUINTA

En la Ciudad de Valencia, a 23 de julio de dos mil nueve.

VISTO por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Srs. D. JOSE BELLMONT MORA, Presidente, Dª. ROSARIO VIDAL MAS y D. FERNANDO NIETO MARTIN, Magistrados, se ha pronunciado la siguiente:

SENTENCIA NUM: 238/09

En el recurso de apelación tramitado con el número de rollo 343/2.009, en el que han sido parte apelante D. Octavio, D. Simón, Dª Rosalia, Dª. Ana María, Dª. Celsa, D. Luis Antonio y D. Alexis, Dª Irene, D. Constancio y Dª Ramona, representados por el Procurador D. JULIO JUST VILAPLANA y asistidos por el Letrado D. MARIO SENABRE PERALES, y el AYUNTAMIENTO DE ALZIRA, representado por el Procurador Dª. CELIA SIN SÁNCHEZ y asistido por el Letrado D. JOSÉ LUIS MARTINEZ MORALES, siendo Magistrado ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE BELLMONT MORA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos de recurso contencioso-administrativo seguido ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de los de Alicante con el número 950/2.007, a instancias de D. Octavio, D. Simón, Dª Rosalia, Dª. Ana María, Dª. Celsa, D. Luis Antonio y D. Alexis, Dª Irene, D. Constancio y Dª Ramona, contra el AYUNTAMIENTO DE CALPE, con fecha 9 de febrero de 2.009 recayó sentencia nº 57/09, cuya parte dispositiva dice: " 1.- Que debo estimar en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D/Dª. Octavio, Simón, Rosalia, Ana María, Celsa, Luis Antonio, Alexis, Irene, Constancio y Ramona frente al AYUNTAMIENTO DE DENIA, declarando la ilicitud de la actuación material que en vía de hecho ha realizado el Ayuntamiento de Calpe mediante la ocupación de la finca registral número NUM000 del Registro de la Propiedad de Calpe, debiendo proceder el Ayuntamiento de Calpe a la inmediata restitución a los demandantes de la posesión y uso de la citada finca número NUM000 del Registro de la Propiedad de Calpe. 2.- Reconocer, como situación jurídica individualizada, el derecho de D/Dª. Octavio, Simón, Rosalia, Ana María, Celsa, Luis Antonio, Alexis, Irene, Constancio y Ramona, a ser indemnizados por la Administración demandada en la cantidad de 400.000 euros, más intereses legales desde la interposición del recurso. No procede condena en costas"

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso por la representación de la parte demandante y demandada, en tiempo y forma, recurso de Apelación que fue admitido, dándose traslado a la contraparte que formuló su oposición por escrito presentado en fecha 7 y 3 de abril de 2.009, repectivamente.

TERCERO

Elevados los indicados autos a este Tribunal, y una vez recibidos y formado el correspondiente rollo, se señaló para la votación y fallo el día 14 de julio de 2.009, en que tuvo lugar.

CUARTO

Se han cumplido en ambas instancias todas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto de debate en la presente alzada queda circunscrito a determinar la cuantía de la indemnización reconocida en el fallo de la sentencia a favor de los actores, respecto de la cual dicha sentencia, argumentando que los demandantes no han acreditado haber querido vender o arrendar la finca o efectuar la instalación de una actividad mercantil o industrial, fija un importe "a tanto alzado" de 400.000 euros.

Por los demandantes se impugna la sentencia de instancia sobre la base de que dado el...

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