SAP Valencia 139/2009, 2 de Marzo de 2009
Ponente | MARIA PILAR MANZANA LAGUARDA |
ECLI | ES:APV:2009:4798 |
Número de Recurso | 1162/2008/ |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 139/2009 |
Fecha de Resolución | 2 de Marzo de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia, Sección 10ª |
139/2009
ROLLO Nº 1162/08
SECCIÓN 10ª
SENTENCIA Nº 139/09
SECCIÓN DECIMA:
Ilustrísimos Sres.:
Presidente, D. José Enrique de Motta García España
Magistrados:
Dña. Mª Pilar Manzana Laguarda
D. Carlos Esparza Olcina
En Valencia a, dos de marzo de dos mil nueve.
Vistos ante la Sección Décima de la Iltma. Audiencia Provincial, en grado de apelación, los autos de MOD. MEDID. VISITAS FAVOR ABUELA nº 706/07, seguidos ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Lliria, entre partes, de una como demandantes-apelados, D. Jesús y Dª Salome, dirigido por el Letrado D./Dª IGNACIO ORTEGA DE LOS MÁRTIRES, y representado por el Procurador D./Dª VICTORIA REIG GOMEZ, y de otra como demandado- apelante, Dª Elena, dirigida por el letrado D./Dª ESTHER RODRIGUEZ CHULILLA y representada por el Procurador D./Dña. TERESA GIMENEZ ZARAGOZA, siendo parte el Ministerio Fiscal 07 0730706.
Es ponente la Iltma. Sra. Magistrada. Doña Mª Pilar Manzana Laguarda.
En dichos autos por el Iltmo. Sr. Juez de Primera Instancia nº 3 de Lliria, en fecha 17-07-08, se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es como sigue : " FALLO : ESTIMANDO la demanda de modificación de medidas presentada por el Procurador D. José Antonio Navas González, en nombre y representación de Dña. Salome y D. Jesús, DEBO SUPRIMIR Y SUPRIMO el régimen de visitas acordado en Sentencia de fecha 28 de septiembre de 2005, confirmada por la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia Sección Décima en Sentencia de fecha 2 de marzo de 2006. No procede hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas procesales."
Contra dicha Sentencia por la representación procesal de Elena se interpuso recurso de apelación, y verificados los oportunos traslados a las demás partes para su oposición al recurso o impugnación a la sentencia, y previo emplazamiento de las partes ante esta Secretaria, se remitieron los autos a esta Secretaría donde se formó el oportuno rollo, señalándose el día de hoy para la deliberación, votación y fallo del recurso, habida cuenta de no haberse práctica prueba ni considerado necesaria la celebración de vista.
Que se han observado las formalidades y prescripciones legales.
Por la dirección letrada de la parte recurrente, que representa los intereses de la abuela paterna de Marta, nacida el 8 de septiembre de 2003, se impugna la sentencia de instancia que con estimación de la pretensión modificatoria, deja sin efecto el derecho de la recurrente a relacionarse con su nieta que le fue reconocido en sentencia anterior de fecha 28 de septiembre de 2005 y de esta Sala de fecha 2 de marzo de 2006, supeditado dicha relación a determinadas condiciones relativas al sometimiento de las partes a una intervención sicológica de los profesionales del Punto de...
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ATS, 1 de Diciembre de 2009
...la Sentencia dictada, con fecha 2 de marzo de 2009, por la Audiencia Provincial de Valencia (Sección 10ª) en el rollo de apelación nº 1162/2008, dimanante de los autos de juicio sobre modificación de medidas nº 706/2007 del Juzgado de Primera Instancia número 3 de - Habiéndose tenido por in......