STSJ Navarra , 13 de Septiembre de 1996

PonenteJOSE LUIS RIUDAVETS GONZALEZ
ECLIES:TSJNA:1996:996
Número de Recurso239/1992
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución13 de Septiembre de 1996
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Nº

Iltmos. Sres.:

Presidente,

D. Ignacio Merino Zalba

Magistrados,

D. Fco J. Fdez Urzainqui

D. José L. Riudavets González

En Pamplona, a trece de septiembre de mil novecientos noventa y seis.

Vistos por la Sala de lo Contencioso Administrativo de este Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Señores Magistrados expresados, los autos del recurso Nº 239/92 promovido contra resolución de 22 de octubre de 1991 del Director General de la Salud del Gobierno de Navarra y contra el Acuerdo de 20 de Enero último del Gobierno de Navarra desestimatorio del Recurso de Alzada instado, por los que se autoriza la apertura de una oficina de farmacia en Ororbia, siendo en ello partes; como recurrente, COLEGIO OFICIAL DE FARMACEUTICOS DE NAVARRA, representado por el Procurador Sr. Grávalos y dirigido por el Letrado Sr. Lecumberri, como demandado, el GOBIERNO DE NAVARRA, representado y dirigido por su Asesor Jurídico, y actuando como coadyuvante, Gaspar , representado por el Procurador Sr. Castillo y dirigido por el Letrado Sr. Baile.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Presentada, por D. Gaspar Licenciado en Farmacia, solicitud para la instalación de una oficina de farmacia en Ororbia, de conformidad con lo que dispone el artículo 3.1 b) del Decreto 909/1978, de 14 de abril , el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Navarra tramitó el oportuno expediente, cuya propuesta de resolución, proponiendo la desestimación de la autorización solicitada, fue remitida al Departamento de Salud del Gobierno de Navarra para su resolución final.

SEGUNDO

Por Resolución del Director General de Salud del Gobierno Foral, de 22 de octubre de 1991, se autorizó la instalación y apertura de oficina de farmacia solicitada por el Sr. Gaspar , interponiendo recurso de alzada contra esta resolución, el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Navarra, el 26 de noviembre de 1991, solicitando se revoque dicha autorización. También interpuso recurso de alzada contra la mencionada resolución, el Licenciado en Farmacia, D. Felix .

TERCERO

El Gobierno de Navarra, en su sesión de 20 de enero de 1992, acordó inadmitir el recurso del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Navarra por falta de legitimación para recurrir y desestimar el del Sr. Felix .

CUARTO

Contra la citada Resolución de 22 de octubre de 1991 y contra el anteriormente citado Acuerdo del Gobierno de Navarra, 20 de enero de 1992, interpone el Colegio Oficial de Farmacéuticos deNavarra, el presente contencioso-administrativo, solicitando en su demanda se declaren nulos la Resolución y Acuerdo antes citados y, en consecuencia, se anule la autorización para la apertura de oficina de farmacia en Ororbia, a lo que se opone el Gobierno de Navarra.

QUINTO

Como coadyuvante se persona en el recurso D. Gaspar quien formaliza su escrito de demanda solicitando se desestime el recurso interpuesto por el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Navarra.

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. José L. Riudavets González.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el Acuerdo del Gobierno de Navarra, de 20 de enero de 1992, resolviendo los recursos de alzada interpuestos por el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Navarra y por D. Felix , contra la...

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