SAP Lleida 358/1998, 13 de Julio de 1998

PonenteMARIA VICTORIA JOSEFA GUINALDO LOPEZ
ECLIES:APL:1998:675
Número de Recurso104/1998
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución358/1998
Fecha de Resolución13 de Julio de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Lleida, Sección 1ª

SENTENCIA NUM. 358/98

ILMOS. SEÑORES

Presidente

  1. ANDREU ENFEDAQUE MARCO .

Magistrados

D . ALFONSO MORENO CARDOSO

Dª .Mª VICTORIA GUINALDO LÓPEZ

En la ciudad de Lleida, a trece de julio de mil novecientos noventa y ocho

La Sección Primera de esta Audiencia Provincial, integrada por los señores indicados al margen, ha visto en juicio oral y público las presentes diligencias previas número 1083/97, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Lleida, por delito contra la salud pública, -en el que es acusado Sebastián , nacido en Barcelona, el día 22 de agosto de 1975, hijo de Desidero y Raquel, con domicilio en Sant Antoni i Vilanova (Lleida), calle DIRECCION000 , NUM000 , con DNI número NUM001 , sin -antece-dentes penales, solvente, y privado de libertad por esta causa los días 28, 29 y 30 de diciembre de 1997, -represen-tado por el Procura-dor D. José Luis Rodrigo Gil y defendido por el Letrado D. Ramón Reñé Argilés. Es parte acusadora el Ministe-rio Fiscal y Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª. Mª VICTORIA GUINALDO LÓPEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ministerio Fiscal, en conclusiones definitivas, entendió que los hechos constituían un delito contra la salud pública del art. 368 del Código Penal , del que responde en concepto de autor el acusado, sin la concurrrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, solicitando la pena de de cuatro años de prisión y multa de quince mil pesetas, con cinco días de responsabilidad personal subsidiaria, y costas. Comiso de la droga y su destrucción. Comiso del dinero intervenido y del vehículo Y-....-U .

---SEGUNDO.- La defensa del acusado, en el mismo trámite, entendió que los hechos no constituían delito alguno, solicitando la libre absolución de su defendido.HECHOS PROBADOS

ÚNICO.- El acusado Sebastián , mayor de edad y sin antecedentes penales, en la madrugada del día 28 de diciembre de 1997, cuando se encontraba en compañía de tres personas en el interior del vehículo de su propiedad matrícula Y-....-U que había estacionado en la explanada situada frente a la discoteca Big-Ben de Golmés (Lleida) km. 486'400 de la N-II, fue detenido por los Guardias Civiles con carnet profesional número NUM002 y NUM003 , quienes momentos antes sobre las 4'00 horas del día 28-12-97, habían recibido una llamada telefónica del vigilante de seguridad de la discoteca Big-Ben en la que le participaron que el acusado, desde hacía unas tres horas estaba recibiendo la visita de jóvenes quienes tras subirse al vehículo de aquel Renault-5 de color blanco, permanecían unos minutos para luego marcharse, sospechando que pudiera estar realizando ventas de sustancias estupefacientes. En el momento de ser identificado por los citados agentes, el acusado portaba en su mano derecha dos pastillas de éxtasis, 8.000 pesetas en los bolsillos y 30.000 pesetas ocultas en el calzoncillo, tras registrar el vehículo se hallaron bajo la alfombra del asiento delantero derecho tres pastillas de éxtasis y bajo el asiento anterior izquierdo un paquete de tabaco que contenía 12 pastillas de la citada sustancia, hallándose igualmente 2.000 pesetas bajo el asiento anterior derecho, 3,814 gramos de haschís ocultos en el salpicadero y 3 sellos de LSD ocultos en la manecilla de la puerta interior izquierda. Todas las sustancias intervenidas pertenecían al acusado que las destinaba al tráfico con terceros, así como el dinero que procedía del citado tráfico.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Los...

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