SAP Granada 354/1998, 5 de Mayo de 1998
Ponente | MARIA VICTORIA MOTOS RODRIGUEZ |
ECLI | ES:APGR:1998:956 |
Número de Recurso | 957/1997 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 354/1998 |
Fecha de Resolución | 5 de Mayo de 1998 |
Emisor | Audiencia Provincial - Granada, Sección 4ª |
SENTENCIA NUM. 354
ILMOS. SRES.
PRESIDENTE:
D. ANTONIO MOLINA GARCIA
MAGISTRADOS:
D. CARLOS VALDIVIA PIZCUETA
Dª. Mª VICTORIA MOTOS RODRIGUEZ
En la ciudad de Granada a cinco de mayo de mil novecientos noventa y ocho.
La Sección Cuarta de esta Iltma. Audiencia Provincial, formada par las Ilmos. Sres al margen relacionados, ha visto en grado de apelación los precedentes autos de juicio de menor Cuantía, procedentes del Juzgado de Primera Instancia núm doce de los de Granada, y promovidos a virtud de demandada de D. Serafin Y D. Juan , representados por la procuradora Sra. Serrano Peñuela y defendidos por el Letrado D. José Manuel Acosta Martínez, contra Dª. Marisol , D. Humberto y D. David , representados por la procuradora Sra. Torrecillas Cabrera y defendidos por el Letrado D. Juan Ignacio Blanco Morillas, contra D. Armando , representado por la procuradora Sra. Echevarría Giménez y defendido por la Letrada Dª. Carmen Salvador Rull, y contra D. Adolfo , representado por la procuradora Sra. Moya Marcos y defendido la Letrada Dª. Carmen Sánchez Cuellar.
Aceptando como relación los resultandos de la sentencia apelada.
Que, la referida sentencia fechada en uno de septiembre de mil novecientos noventa y siete , contiene el siguiente fallo. ,"Que estimando parcialmente la demanda formada por la Procuradora Doña María Isabel Serrano Peñuela, en nombre y representación de Don Serafin y Don Juan , frente a Doña Marisol , Don Humberto y Don David y los albaceas Don Armando y Don Adolfo , debo ordenar y ordenoque en tramite de ejecución de sentencia, se complete la partición practicada, añadiendo en el activo del caudal de la causante Doña Yolanda ; el establecimiento comercial, con todo su utillaje, ubicado en la calle Recogidas muero 48 de esta capital, cuyo valor es de 53.061.000 pesetas, más otros 2.600.000 pues en concepto de beneficios líquidos derivados de la explotación de, los negocios, desestimando el restó de las pretensiones consignada en el suplico de la demanda. Las costas vertidas a instancia de los albaceas son de preceptiva imposición a los actos, mientras que el resto de las vertidas a instancia de las demás partes serán satisfechas por éstas y las comunes por mitad."
Que sustanciado y seguido el presente recurso por sus trámites ante esta Ilma. Audiencia Provincial, a virtud de apelación formulada por la parte demandante, en el acto de la vista su Letrado interesó se dictase sentencia revocando la apelada, los letrados de los apelados Sres. Armando y Adolfo , solicita se dicte sentencia confirmando la apelada y el Letrado de la parte apelada adherida, solicita se dicte sentencia revocando la apelada en cuanto a su pronunciamiento de las costas y se confirme el resto.
Observadas las prescripciones legales de trámite y siendo Ponte la Magistrada Iltma. Sra. Dª. Mª VICTORIA MOTOS RODRIGUEZ.
Mantiene en esta alzada la parte apelante la nulidad de las escrituras públicas de protocolización del cuaderno particional de los bienes que al fallecimiento de sus padres, D. Serafin y Dª. Yolanda , siendo la primera de ellas de fecha 7 de octubre de 1965, y la segunda, de fecha 28 de abril de 1995.
Respecto a la primera de las consignadas, fundamenta el apelante la nulidad de todo lo concerniente a la disolución y liquidación de la sociedad de gananciales y posterior...
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