SAP Valencia 729/1998, 22 de Julio de 1998
Ponente | RAFAEL SEMPERE DOMENECH |
ECLI | ES:APV:1998:5220 |
Número de Recurso | 126/1996 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 729/1998 |
Fecha de Resolución | 22 de Julio de 1998 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia, Sección 6ª |
SENTENCIA Nº 729
AUDIENCIA PROVINCIAL
VALENCIA
SECCION SEXTA
ILUSTRISIMOS SEÑORES
PRESIDENTE
D. JOSE BARO ALEIXANDRE
MAGISTRADOS
D. RAFAEL SEMPERE DOMENECH
DÑA. ANA PEREZ TORTOLA
En la Ciudad de Valencia, a veintidos de Julio mil novecientos noventa y ocho.
Vistos por la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. RAFAEL SEMPERE DOMENECH los autos de juicio de MAYOR CUANTIA núm. 219/91 promovidos ante el Juzgado de 1ª Instancia núm. 2 de los de Requena por Productos Churruca S.A. contra D. Carlos Daniel sobre reclamación de cantidad; pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por el actor
Productos Churruca S.A. representado por el Procurador D. Emilio Sanz Osset y dirigido por el Letrado D. José Luis Boronat Calabuig; habiendo comparecido el apelado D. Carlos Daniel representado por el Procurador D. Jorge Castelló Navarro y dirigido por el Letrado D. Manuel Morales Perez el cual se adhirió a la apelación.
Que la Sentencia apelada, pronunciada por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de 1ª Instancia núm. 2 de los de Requena dictada en fecha 25 de Septiembre de 1995 contiene el siguiente FALLO: "Que desestimando la demanda interpuesta por el Procurador D. Antonio Erans Albert en nombre y representación de Productos Churruca S.A. contra D. Carlos Daniel , debo absolver y absuelvo al demandado de los pedimentos de la demanda, desestimando la reconvención propuesta por el demandado, debo absolver y absuelvo al actor- reconvenido de los pedimentos de la reconvención. Sin imposición de costas, por lo que cada uno satisfazará las suyas y las comunes por mitad".
Que contra la misma se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por el actor,Productos Churruca S.A., admitido en ambos efectos y remitidos los autos a esta Audiencia Provincial, donde oportunamente comparecieron las partes, se tramitó la alzada con celebración de la Vista correspondiente el día 13 de Enero de 1998 a cuyo acto asistieron los Letrados de aquéllas, quienes solicitaron se dictara sentencia conforme a las pretensiones de sus respectivos patrocinados.
Que se han observado las prescripciones y formalidades legales excepto en el plazo para dictar sentencia habida cuenta de las múltiples ponencias que pesan sobre el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente y la complejidad de las mismas.
Se aceptan los de la Sentencia apelada.
En la litis formuló demanda de juicio declarativo de mayor cuantía la entidad productos Churruca S.A., en el ejercicio de la acción social de responsabilidad, prevista en el artículo 133 del RDL 1564/89 de 22 de Diciembre de Sociedades Anónimas , contra D. Carlos Daniel en reclamación de la cantidad de 151.625.000 ptas., como indemnización de daños y perjuicios, en base a los hechos que se citan y en virtud de lo acordado en la Junta General Extraordinaria de Accionistas de dicha sociedad, convocada judicialmente, y celebrada el día 28 de Junio de 1991 en los locales de la empresa sita en Quart de Poblet, Avenida Comarques del País Valenciá nº 66. Frente a dicha demanda se opuso y la contestó el demandado D. Carlos Daniel (folio 124) por los motivos que alegó entre los que figura la falta de litis consorcio pasivo necesario de forma implícita (folio 135), solicitando la desestimación de la demanda, y asimismo formuló reconvención (folio 135 vuelto) en ejercicio de la acción de nulidad de la Junta General Extraordinaria de 28 de Junio de 1991, así como de los Acuerdos adoptados en la misma, entre los que se encuentra el de ejercicio de la acción social de responsabilidad que ha dado lugar a los presentes autos, en base a vicio o error en la constitución de la Junta que se refiere al efecto. Formulada por la parte actora escrito de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
STS 58/2005, 17 de Febrero de 2005
...el recurso de casación interpuesto contra la sentencia dictada en grado de apelación, en fecha 22 de julio de 1998, en el rollo número 126/96, por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Valencia, dimanante de autos de juicio declarativo de mayor cuantía sobre reclamación de cantidad......