SAP Madrid, 30 de Junio de 1999

PonenteJESUS CELESTINO RUEDA LOPEZ
ECLIES:APM:1999:9345
Número de Recurso429/1997
Fecha de Resolución30 de Junio de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 18ª

Sentencia

En Madrid, a treinta de Junio de mil novecientos noventa y nueve.

La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 16 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante demandante CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO E INDUSTRIA DE MADRID representada por el Procurador Sr. González Salinas y defendida por la Letrada Doña Angeles Luengo López y de otra, como apelada demandada INVERSIONES INMOBILIARIAS, S.A. representada por el Procurador Sr. Zulueta Cebrian y defendida por el Letrado Don Manuel de Maro Serrano, seguidos por el trámite de menor cuantía.

VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Jesús C. Rueda López .

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 16 de Madrid, en fecha 3 de febrero de 1.997, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por el Procurador D. Alejandro González Salina en nombre y representación de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Madrid, contra Inversiones Inmobiliarias, S.A. no habiendo lugar la condena solicitada y absolviendo a la parte demandada de la pretensión de la parte actora. Procede imponer las costas del procedimiento a la parte demandada".

SEGUNDO

Notificada la mencionada sentencia, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, que fue admitido en ambos efectos, y en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, ante la que comparecieron oportunamente las partes, substanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

La vista pública celebrada el día 24 de junio de 1.999, tuvo lugar con la asistencia e informe de los Letrados de las partes.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La cuestión litigiosa que fue objeto de planteamiento en la instancia no es otra que la reclamación por la Cámara de Comercio e Industria de Madrid del recurso cameral permanente devengado en determinadas anualidades en relación con la entidad Inversiones Inmobiliarias S.A. la cual ha sido objeto de resolución en numerosos recursos vistos antes esta Iltma. Audiencia Provincial siendo así que en cuanto al fondo de tal cuestión no cabe sino reiterar lo que han sido tales pronunciamientos, con independencia delas alegaciones vertidas por el apelado en cuanto a la condición de elector de tal Cámara y el ejercicio de los derechos que ello le determina y que afirma nunca ha ejercitado por la propia actividad de la actora y la falta de comunicaciones de la misma.

En tal sentido y sobre tales aspectos constitucionales en cuanto a la obligatoriedad de adscripción y devengo de las cuotas, el Tribunal Constitucional en su Sentencia 179/1994 termina, al declarar la inconstitucionalidad de determinados preceptos...

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