SAP Madrid, 20 de Enero de 1999
Ponente | PEDRO POZUELO PEREZ |
ECLI | ES:APM:1999:631 |
Número de Recurso | 238/1998 |
Fecha de Resolución | 20 de Enero de 1999 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 18ª |
Sentencia
En Madrid, a veinte de Enero de mil novecientos noventa y nueve.
La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 12 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante demandado Viajes Tour Español Popular, S.A., representado por el Sr. Rodriguez Noggueira y asistido del Sr. Hernandez Tejedor y de otra, como apelado demandante Viajes Puma, S.A., representado por el Sr. Gordo Romero y asistido del Sr. Llamazares Diez, seguidos por el trámite del Juicio de Menor Cuantía.
VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Pedro Pozuelo Pérez
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 12 de Madrid, en fecha 3 de Junio de 1996, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda presentada por el Procurador D. FEDERICO GORDO ROMERO en nombre y representación de VIAJES PUMA, S.A, contra la entidad VIAJES TOUR ESPAÑOL POPULAR S.A. representada por el Procurador D. RAMON RODRIGUEZ NOGUEIRA debo condena y condeno a esta ultima a que satisfaga a la entidad actora la cantidad de 8.227.930 pesetas en concepto de principal más los intereses legales de dicha cantidad desde la fecha de interposición de la demanda ay con expresa imposición de costas a dicha parte demandada.
Que desestimando la demanda reconvencional presentada por el Procurador D. RAMON RODRIGUEZ NOGUEIRA en nombre y representación de VIAJES TOUR ESPAÑOL POPULAR S.A. contra VIAJES PUMA S.A. debo absolver y absuelvo a esta ultima de las pretensiones deducidas contra la misma, con expresa imposición de costas ala actora reconvencional".
Notificada la mencionada sentencia, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido en ambos efectos, y en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, ante la que comparecieron todas las parte, substanciándose el recurso por sus trámites legales.
La vista pública celebrada el día 14 de Enero de 1998, tuvo lugar con la asistencia e informe de los Letrados de las partes que han comparecido.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Que en los presentes autos y por la sindicatura de la quiebra de Viajes Puma se formuló demanda en reclamación de cantidad por un importe de 8.227.-930 pts, importe de los servicios de intermediación que como mayorista de viajes hizo para la demandada Viajes Tour Español, en adelante TEP, con motivo de los servicios contratados por dicha compañía para que sus clientes pasasen las vacaciones, servicios que fueron realizados en los hoteles contratados y que no han sido abonados por la demandada. Esta se opone a la pretensión ejercitada de contrario, aduciendo que los servicios prestados no habian sido pagados por la mayorista de viajes y demandante,...
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