SAP Alicante 520/2005, 15 de Diciembre de 2005

PonenteMARIA DOLORES LOPEZ GARRE
ECLIES:APA:2005:3625
Número de Recurso292/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución520/2005
Fecha de Resolución15 de Diciembre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 6ª

FRANCISCO JAVIER PRIETO LOZANOJOSE MARIA RIVES SEVAMARIA DOLORES LOPEZ GARRE

Rollo de apelación nº292-05.

Juzgado de Primera Instancia nº1 de Alicante.

Procedimiento Juicio verbal nº293-04.

S E N T E N C I A Nº 520/05

Iltmos Srs.

Don Francisco Javier Prieto Lozano.

Don José María Rives Seva.

Doña Maria Dolores López Garre.

En la Ciudad de Alicante a quince de Diciembre del año dos mil cinco.

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de esta Ciudad de Alicante, integrada por los Iltmos. Srs. expresados al margen ha visto, en grado de apelación, Rollo de la Sala nº292-05 los autos de juicio verbal nº293-04 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº1 de la ciudad de Alicante en virtud del recurso de apelación entablado por la parte actora Don Domingo que ha intervenido en esta alzada en su condición de recurrente, representado por el Procurador Señor González Lucas y defendidos por el Letrado Señor Paya Sagredo y siendo apelado la parte demandada Don Luis María y la Dirección General de los Registros y del Notariado representado por el Procurador Señor Navarrete Ruíz y defendidos por el Letrado Señor Morena Ausina y el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHOS

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº1 de la Ciudad de Alicante y en los autos de Juicio verbal nº293-04 en fecha 9-3-05 se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO.-Que desestimando la demanda inicial de estos autos interpuesta por Domingo representado por el procurador Sr. González Lucas y asistido del letrado Sr. Paya Sagrado contra la DIRECCIÓN GENERAL DE LOS REGISTROS Y DEL NOTARIADO, representada por la letrada del estado Sra. Hilda Pérez y contra el Registrado de la Propiedad nº2 de Torrevieja Sr. Luis María, representado por el procurador Sr. Navarrete Ruíz y asistido del letrado Sr.Moreno Auxina , y contra la CAJA DE AHORROS DEL MEDITERRANEO (CAM) representada por el procurador Sr. Manzanaro Salines y asistida del letrado Sr.Muñoz Cubillo, debo absolver y absuelvo a la parte demandada de todas y cada una de las pretensiones contra ella ejercitada en la demanda inicial de estos autos.

Todo ello sin hacer imposición de las costas de este proceso a ninguna de las partes debiendo cada una satisfacer los causados a su instancia y las comunes por mitad e iguales partes.

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación en tiempo y forma por la representación de la parte actora siendo tramitado conforme a lo dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil , con traslado del mismo a la parte demandada por término de diez días, remitiéndose las actuaciones seguidamente a esta Iltma. Audiencia Provincial, Sección Sexta, donde se formó el correspondiente rollo de apelación nº292-05.

TERCERO

En la sustanciación de esta causa se han observado todas las prescripciones legales, señalándose para votación y fallo el día 13-12-05 y siendo ponente la Iltma. Sra. Doña Maria Dolores López Garre.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Se interpone recurso de apelación por la parte actora Don Domingo, notario de Torrevieja (Alicante) alegando que la sentencia de instancia no realiza una interpretación correcta del articulo 92 del Reglamento Hipotecario , al considerar el juez a quo que, no se debe realizar una interpretación aislada del precepto sino que la interpretación del mismo debe ser conjunta en relación al artículo 36 del Reglamento Hipotecario y el artículo 9 y 10 del C.C . considerando que debe indicarse en la escritura de compraventa y de hipoteca el régimen matrimonial de los adquirentes y la cuota de participación de cada uno en el bien adquirido e hipotecado.

El supuesto de hecho que se somete a debate en el presente recurso de apelación se centra en la calificación negativa del registrador de la Propiedad nº2 de Torrevieja Don Luis María en relación a las escrituras de compraventa e hipoteca otorgada por los cónyuges Don Pedro Enrique y Consuelo en fecha 25-1-02, al indicarse en la misma que adquieren en pleno dominio y con sujeción a su régimen matrimonial que es el pakistaní, suspendiéndose la inscripción pues al ser el régimen matrimonial el de separación de bienes es necesario determinar la proporción en que adquieren conforme al artículo 54 del ...

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