SAP Valencia 998/1998, 1 de Diciembre de 1998

PonenteEUGENIO SANCHEZ ALCARAZ
ECLIES:APV:1998:8023
Número de Recurso744/1997
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución998/1998
Fecha de Resolución 1 de Diciembre de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 8ª

SENTENCIA N° 998

SECCIÓN OCTAVA

Ilustrísimos Señores:

Presidente:

D. Antonio Pardo Llorens

Magistrados:

D. Eugenio Sánchez Alcaraz

Dña. Rosa María Andrés Cuenca

En la Ciudad de Valencia, a uno de Diciembre de mil novecientos noventa y ocho.

Vistos por la Sección Octava de esta Audiencia Provincial, siendo ponente el Ilmo. Sr. D. Eugenio Sánchez Alcaraz, los autos de juicio de Separación, promovidos ante el Juzgado de Primera Instancia n° 9 de Valencia, con el n° 1491/96, por Dña. Mercedes , contra D. Jose Pedro ; sobre "Separación", pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por Dña. Mercedes , te presentada por la Procuradora Dña. Susana Fazio López y dirigida por la Letrada Dña. M Teresa García Zapata; y por D. Jose Pedro , representado por la Procuradora Dña. María Somaló Viiana y dirigido por el Letrado D. Ignacio Torres Alberich.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La sentencia apelada, pronunciada por el Sr. Juez de Primera Instancia n° 9 de Valencia, en fecha 4 de tulio de 1997 , contiene el siguiente: "FALLO: Que debo estimar y estimo en parte la demanda interpuesta por la Procuradora Dña. Susana Fazio López en nombre y representación de Dña. Mercedes contra D. Jose Pedro , representador por la Procuradora Dña. María Somalo Vilana debo acordar y acuerdo en justa consecuencia la separación de ambos cónyuges, con todos los efectos legales inherentes a tal declaración y los efectos civiles siguientes: 1.- Se atribuye al esposo el uso y disfrute de la vivienda familiar, previo inventario, pudiendo el otro cónyuge retirar los bienes y objetos de exclusivo uso personal. 2.- Se fija en concepto de pensión compensatoria en favor de doña Mercedes , la cantidad de ochenta mil pesetas mensuales, que serán pagaderas por meses anticipados por don Jose Pedro , en los cinco primeros días de cada mes, actualizándose la misma, anualmente, con arreglo al índice de Precios al Consuno publicado por el I.N.E., atendiendo en todo casa a las necesidades familiares y a los ingresos del obligado al paga, pensión que tendrá una duración de cuatro años, a contar desde la fecha de la presente resolución y de su efectivo pago, momento a partir del cual quedará extinguida. No ha lugar a hacer especial pronunciamiento sobre las costas causadas, satisfaciendo cada parte las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad".Segundo.- Contra la misma, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por Dña. Mercedes y por D. Jose Pedro , admitido en ambos efectos y remitidos los autos a esta Audiencia donde oportunamente comparecieron los anteriormente citados, se tramitó la alzada con celebración de la vista correspondiente el día 25 de noviembre de 1998, a cuyo acto asistieron los Letrados de aquéllas, quienes solicitaron se dictara Sentencia conforme la pretensión de sus respectivos patrocinados.

Tercero

Se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

La sentencia de instancia declaró la separación matrimonial de Doña Mercedes y Don Jose Pedro , estableciendo como efectos de ella derivados y en lo que aquí interesa; una pensión compensatoria a favor de la esposa de 80.000 pesetas mensuales durante cuatro años, resolución que fue recurrida en apelación por ambas partes en lo concerniente a este pronunciamiento, sobre el que la Sra. Mercedes interesó fuese parcialmente revocado en el sentido de que dicho importe se elevara a 200.000 pesetas mensuales, sin limite temporal alguna, mientras que el Sr. Jose Pedro postuló su supresión por no concurrir los presupuestos precisos para ello, solicitándose además por la esposa la cantidad de dos millones de pesetas en concepto de "litis expensas quedando así delimitado el ámbito de discusión en ésta alzada.

Segundo

En consonancia con lo anterior si lo postulado por la esposa es que se aumente la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR